¿Puedo solicitar el derecho de hacer decisiones legales de un infante de quien no soy padre?
1) La persona que peticiona a la corte debe estar "in loco parentis" al niño.1 Para ser considerado “in loco parentis,” esta persona debe:
- Haber sido tratada como un padre/madre por el niño/a en cuestión; y
- Haber formado una relación significativa y paternal con el niño/a por un período de tiempo considerable.2
3) Ningún tribunal ha entrado o aprobado una orden relativa al derecho de hacer decisiones legales o el tiempo de crianza en el año anterior de que cuando el peticionario la solicita (a menos que haya motivos para creer que el ambiente actual del niño puede comprometer gravemente el salud físico, mental, moral o emocional); y
4) Una de las siguientes situaciones se aplica:
- Cuando uno de los padres ha fallecido;
- Los padres no están casados en el momento de la solicitud; o
- Los padres están en medio de los tramites de una separación legal o un divorcio.1
1 A.R.S. § 25-409(A)
2 A.R.S. § 25-401(1)




