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Información Legal: California

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Leyes actualizadas al 1 de abril de 2025

¿Tengo que registrar mi orden de protección en California para que se haga cumplir?

La ley del estado de California le da protección completa a una orden de protección de otro estado y permite que las cortes la hagan cumplir aunque tenga disposiciones que no podrían incluirse en una DVRO de California.1

Los/as oficiales de policía también tienen que hacer cumplir las órdenes de protección de otros estados, siempre y cuando usted les muestre su copia y pueda decirles con certeza que la orden está vigente. No tiene que ser una copia certificada, incluso puede ser una copia electrónica.2 La orden no tiene que estar en el registro estatal o federal para que los/as oficiales de policía de California la hagan cumplir, sin embargo, el/la oficial debe asegurarse que sea una orden válida.3

1 Cal.Código Familiar § 6402(a)
2 Cal.Código Familiar § 6403(a)
3 Cal.Código Familiar § 6403