Tengo una orden de protección temporal ex parte contra mi agresor. ¿Puede tener arma?
La ley de Florida que prohíbe la posesión de armas de fuego deja claro que solo aplica a un interdicto final contra la violencia doméstica o el acecho o ciber acecho.1 Sin embargo, el interdicto temporal permite que el/la juez/a marque un recuadro que dice “El/la demandado/a no deberá usar o poseer un arma de fuego o munición” y “El/la demandado/a deberá entregar cualquier arma de fuego o munición que tenga” a la policía.2