Paso 1: Conseguir los formularios necesarios y llenarlos.
Usted puede presentar una petición para una orden de protección contra la violencia familiar en la corte superior donde vive su agresor. Si el agresor no vive en Georgia, usted debe ir a la corte superior donde usted vive, o donde ocurrió el abuso.1 Para encontrar la información de contacto de los juzgados, vaya a GA Tribunales. En el juzgado, usted hablará con el secretario civil del juzgado. Pídale una petición para una orden de protección contra la violencia familiar. El secretario le dará los formularios que usted necesita presentar. Si usted necesita ayuda para llenar el formulario, pídale ayuda al secretario. Usted también puede encontrar enlaces para formularios en línea en nuestra página de GA Formularios Judiciales.
Además, es posible que usted pueda conseguir ayuda a través de una de las organizaciones de violencia doméstica en nuestra página de GA Intercesoras y Albergues.
Nota: No se olvide de llevar alguna forma de identificación como una licencia de manejar o tarjeta de identificación con foto cuando vaya a la corte para llenar una petición. Llene la petición cuidadosamente. Sea específica. Escriba sobre los incidentes más recientes de violencia, usando lenguaje descriptivo que sea apropiado para su situación, como, dar bofetadas, golpear, agarrar, amenazar, etc. Incluya instancias anteriores de abuso donde el formulario le pida. El juez tomará una decisión de otorgar o no una orden temporaria ex parte basada en los eventos que usted describe. Asegúrese de que la información proporcionada cuente su historia precisamente y en detalle.
1 O.C.G.A. § 19-13-2
Paso 2: Conseguir una orden temporaria ex parte de protección contra la violencia familiar.
Paso 3: Notificación de la demanda
Usted puede ir a nuestra página de GA Comisarías de Sheriff para encontrar el departamento del sheriff más cerca de usted. Es necesario que el agresor reciba la petición y es dado aviso de la audiencia.
Usted puede encontrar más información sobre la notificación del proceso en nuestra página ¿Qué es una notificación y cómo la llevo a cabo?
Paso 4: La audiencia
Le otorgue el juez una orden temporaria ex parte o no, es probable que le dé una fecha para una audiencia dentro de 30 días para determinar si se otorga una orden final de protección contra la violencia familiar. La audiencia será con un juez. Ambos usted y el agresor tendrán la oportunidad de estar en esta audiencia y presentar evidencia y testimonio.
Es necesario que usted vaya a la audiencia. Si no va a la audiencia, su orden temporaria de protección contra la violencia familiar caducará y usted tendrá que empezar el proceso de nuevo. Si el agresor no está presente en la audiencia, es posible que el juez todavía le otorgue una orden de protección contra la violencia familiar, o es posible que el juez establezca la fecha para una audiencia nueva.
Por lo general, es mejor tener presente un abogado para representarla a usted en la audiencia, especialmente si el agresor tiene abogado. Para recomendaciones para abogados, vaya a nuestra página de GA Encontrando a un Abogado. Si usted va a representarse a sí misma, puede ver la página de Durante la Audiencia para encontrar maneras de mostrarle al juez que usted fue abusada.




