¿Puedo mantener la cobertura de mi seguro, aunque mi pareja maltratante era el asegurado principal?
Si usted es víctima de maltrato doméstico y tiene cobertura bajo la póliza de su cónyuge, es posible que pueda convertirla en su propia cobertura de seguro para usted y sus hijos/as dependientes una vez que tenga una sentencia de divorcio o separación legal de el/la cónyuge maltratante. Se supone que la póliza que convirtió le dé los mismos beneficios que la póliza original, incluyendo deducibles, coaseguros y copagos.1
Para convertir la cobertura a su propia póliza individual, usted deberá:
- dentro de 30 días de recibir notificación de la terminación de la póliza, notificarle a la compañía de seguro médico que quiere convertir la póliza de su cónyuge en su propia póliza individual; y
- darle una copia de la sentencia de divorcio o la orden de separación a la compañía de seguros médicos.1
1 LA R.S. § 22:1078(C)




