Si la persona agresora es un oficial de la policía o el gobierno, ¿le aplican las leyes estatales de armas de fuego?
Si la persona agresora no ha sido declarada culpable de un crimen y usted tiene una orden de protección contra la violencia doméstica (DVPO) en su contra, es posible que aún tenga derecho a usar el arma de fuego para el trabajo, pero no para uso personal.1 Durante la audiencia para la DVPO, puede pedirle a el/la juez/a que la persona agresora no pueda tener un arma de fuego en el trabajo. Si el/la juez/a decide hacerlo, la persona agresora no podrá usar el arma en el trabajo ni de manera personal. Para ver una copia de la DVPO, visite nuestra página Formularios judiciales.
Si está confundida/o o no está segura/o si la persona agresora puede usar su arma de fuego para el trabajo, puede hablar con un/a intercesor/a de violencia doméstica en su área o llamar al Centro Nacional de Entera Fe y Crédito para obtener mas información.
1 N.C. Gen. Stat. § 50B-3.1(k)
He leído toda esta información pero aún sigo confundida. ¿Qué puedo hacer?
Tratar de entender las leyes federales y estatales puede ser confuso, pero hay personas que pueden ayudarle a entender mejor la ley y sus derechos bajo la ley. Puede:
- escribir a nuestra Línea Informativa;
- contactar un programa local de violencia doméstica en su área;
- contactar el Centro Nacional de Entera Fe y Crédito para obtener información sobre las leyes federales de armas de fuego y cómo aplican en su caso particular.