¿En contra de qué adultos puedo obtener una orden de protección para menores?
Nota: Si su hijo(a) tiene contacto con un adulto que cometió un delito en contra de otro(a) menor, usted no puede presentar la solicitud de una orden de protección para menores a menos que el/la agresor(a) haya cometido un delito en contra de su hijo(a). Por ejemplo, si usted sabe que hay un delincuente sexual registrado/ pedófilo viviendo en la casa del lado, usted no puede presentar una solicitud para mantenerlo lejos de su hijo a no ser que el delincuente ofenda al menor.
1 N.R.S. § 33.400(1)
Mi hijo fue abusado por un menor (menor de 18 años). ¿Es posible obtener una orden de protección para menores en contra de un menor de edad?
Usted puede presentar la solicitud de una orden de protección para menores contra alguien de 18 años o mayor.1 Dependiendo del tipo de abuso y la relación del niño(a) con el/la agresor(a), usted quizas puede obtener otros tipos de ordenes de protección tales como una orden de protección contra la violencia doméstica, una orden de protección contra el acecho y el acoso, una orden de protección contra el acoso en el lugar del trabajo, o una orden de protección contra la agresión sexual. Para mayor información, por favor vaya a nuestra página NV Órdenes de Restricción.
1 N.R.S. § 33.400(1)
¿Cuánto cuesta presentar la solicitud de una orden de protección para menores?
Nota: Después de la audiencia, el juez puede ordenarle al/la agresor(a) pagar parte o el total de los gastos de la corte y otros honorarios.1
1 N.R.S. § 33.410(1)
2 N.R.S. § 33.410(3)
¿Necesito un abogado para obtener una orden de protección para menores?
1 N.R.S. § 33.410(2)(c)
¿Cuáles son los pasos para obtener una orden de protección para menores?
Los pasos a seguir para obtener una orden de protección para menores son similares a los pasos para obtener una orden de protección contra violencia doméstica aunque los formularios que usted necesita llenar son diferentes.
Vea nuestra página NV Formularios Judiciales para verificar si estos formularios están disponibles por el Internet. De otro modo, usted puede conseguir los formularios en la corte cuando presente su solicitud.
¿Qué puedo hacer si el/la agresor(a) viola la orden?
Si usted cree que el/la agresor(a) ha violado la orden, inmediatamente usted puede llamar a la policía. Si al agresor(a) le ha sido entregada una copia de la orden de protección para menores y esta orden es violada, la policia puede arrestarlo/la inmediatamente1.
Para obtener más información sobre el desacato, incluyendo la diferencia entre el desacato penal y el civil, vaya a nuestra página general de Órdenes de Restricción contra la Violencia Doméstica.
1 N.R.S. § 33.430(2)




