¿Qué es el Centro de Registro Nacional de Información de Crímenes (NCIC)? ¿Quién tiene acceso?
El Centro de Registro Nacional de Información de Crímenes (National Crime Information Center Registry - NCIC por sus siglas en inglés) es una base de datos nacional usada por la policía en los Estados Unidos, Canadá y Puerto Rico. Es administrada por el FBI y oficiales de la policía local.
Es posible que el estado que dio su orden de protección haya inscrito su orden en el NCIC cuando se la dieron. Si no, su orden puede ser inscrita en el NCIC si usted la registró en Oregón. Todos/as los/as oficiales de la policía tienen acceso a la base de datos del NCIC, pero la información está encriptada para que personas ajenas no puedan tener acceso a ésta.1
1 Vea el sitio web del FBI
¿Cómo puedo registrar mi orden de protección en Oregón?
Si decide registrar su orden en el sistema judicial, usted o alguien que actúe a nombre suyo deberá presentar ante el/la secretario/a de cualquier tribunal de circuito de cualquier condado de Oregón:
- una copia certificada de la orden; y,
- prueba de la notificación 1
También puede presentar una copia certificada de la orden a un/a sheriff del condado para que la orden se ingrese en la base de datos de la policía. Después de confirmar que el/la agresor/a fue notificado/a personalmente con copia de la orden o que tiene notificación de la orden, el/la sheriff entrará la orden en el Sistema de Data de la Policía, que es manejado por el Departamento de Policía del Estado y el Centro Nacional de Información de Crímenes (NCIC).2
1 O.R.S. § 24.190(6)
2 18 USC § 2265(d)(2); O.R.S. § 24.190(3)(a)
¿Tengo que registrar mi orden de protección en Oregón para que se pueda hacer cumplir?
Ni la ley estatal de Oregón ni la ley federal requieren que registre su orden de restricción para que se pueda hacer cumplir.1 Sin embargo, puede que hayan beneficios asociados a registrarlas. Si registra su orden de restricción en Oregón, será más fácil para que los/as agentes del orden público verificar que la orden es válida. Cuando la policía llega a una escena, generalmente verifican si la orden de restricción está en el registro del estado. Si no está incluida, el/la policía tendrá que buscar en el registro nacional o llamar a la corte donde se dió la orden. Este proceso toma más tiempo y podría significar que su orden de restricción no se haga cumplir de inmediato.
1 18 USC § 2265; O.R.S. § 24.190(2)(a)
¿Será le notificará al agresor si yo registro mi orden de protección?
Bajo la ley federal de Violencia en Contra de las Mujeres, o VAWA, en inglés (Violence Against Women Act), que se aplica a todos los estados de EE.UU. y sus territorios, el tribunal no está autorizado a notificarle a el/la agresor/a cuando una orden de protección ha sido registrada o presentada en un nuevo estado a menos que usted solicite específicamente que el/la agresor/a sea notificado.1 Sin embargo, si su dirección es confidencial puede que desee confirmar que el/la oficial de la corte está consciente de esta ley antes de registrar la orden.
Recuerde que puede haber una posibilidad de que el/la agresor/a podría de alguna manera saber a qué estado se ha mudado. Es importante seguir haciendo un plan de seguridad, incluso si ya no está en el estado donde el/la agresor/a vive. Tenemos algunas ideas para mantener su seguridad en nuestra página Planificación de Seguridad. También puede ponerse en contacto con una organización local de violencia doméstica para obtener ayuda para hacer un plan de seguridad personalizado para usted. Encontrará información de contacto de las organizaciones en su área en nuestra página Oregón: Intercesoras y Albergues.
1 18 USC § 2265(d)
¿Qué pasa si no registro mi orden de protección? ¿Será más difícil hacerla cumplir?
Ni la ley federal ni la ley estatal requieren que usted registre su orden de protección para que esta se pueda hacer cumplir. Si su orden no esta registrada en el registro estatal puede ser más difícil para un/a oficial determinar si su orden es válida. Esto significa que puede tomar más tiempo para que su orden se haga cumplir.
Si no está seguro/a si registrar su orden de protección es la decisión correcta para usted, puede contactar a una organización local de violencia doméstica en su área. Un/a intercesor/a puede ayudarle a decidir cuál plan de seguridad es el más apropiado para usted. Para ver una lista de organizaciones locales de violencia doméstica en Oregón, vaya a nuestra página Oregón: Intercesoras y Albergues.
¿Registrar mi orden de protección tiene algún costo?
No hay ningún costo asociado a registrar su orden de restricción en Oregón.1
1 O.R.S. § 24.190(6)