Para obtener un interdicto contra el acoso, ¿tendré que ver a la persona agresora en la corte?
Es posible que un/a juez/a le dé un interdicto contra el acoso de manera ex parte, lo que significa que la persona agresora (acusada) no estaría presente en la corte.1 Para leer sobre cuándo un/a juez/a dará una orden ex parte, vaya a ¿Qué tipos de interdictos contra el acoso hay? ¿Cuánto duran? Sin embargo, en cualquier momento mientras el interdicto este vigente, la persona agresora puede solicitar una audiencia para oponerse al interdicto y pedirle a el/la juez/a que lo desestime.2 Si esto pasa, usted deberá ver a la persona agresora en la corte durante esa audiencia.
Además, el/la juez/a puede decidir no dar el interdicto inmediatamente de manera ex parte. De ser así, el/la juez/a puede programar una audiencia dentro de los próximos diez días en la que la persona acusada tendrá la oportunidad de que la escuchen antes que den el interdicto contra el acoso.1 Por lo tanto, es posible que también tenga que ver a la persona agresora en ese escenario si se presenta a la audiencia.
1 A.R.S. § 12-1809(E)
2 A.R.S. § 12-1809(H)




