Iowa: Custodia
Custodia
Información básica y definiciones
¿Qué es la custodia?
Un/a padre/madre que tiene la custodia, también llamada custodia legal, tiene el derecho y la responsabilidad legal de tomar decisiones importantes de la vida de el/la menor sobre:
- estatus legal;
- cuidado médico;
- educación;
- actividades extracurriculares; y
- educación religiosa.1
La custodia legal compartida significa que ambos padres tienen esos derechos legales. En Iowa, cuando los padres tienen custodia legal compartida, participan igualmente en la toma de las decisiones importantes de la vida de el/la menor.2 Sin embargo, la custodia legal compartida no necesariamente significa que el/la menor pasará la misma cantidad de tiempo con o vivirá con ambos padres.
La custodia legal exclusiva significa que solo uno de los padres tiene el derecho legal de tomar las decisiones importantes que afecten la vida de el/la menor.2
1 Iowa Code § 598.1(5)
2 Iowa Code § 598.1(3)
¿Qué es el cuidado físico?
El cuidado físico significa proveer el hogar y los cuidados rutinarios de el/la menor.1
El cuidado físico compartido significa que los padres tienen los mismos derechos de cuidar y supervisar a el/la menor. Ambos padres tienen hogares para el/la menor, proveen los cuidados rutinarios y comparten el tiempo de crianza. 2
El cuidado físico exclusivo, también llamado cuidado físico primario, significa que el/la menor regularmente vive con uno de los padres que provee su cuidado rutinario.1 El/la otro/a padre/madre puede tener o no tener visitación. El/la padre/madre con quien el/la menor vive puede llamarse “padre/madre con la custodia”. El/la otro/a padre/madre se puede llamar el/la “padre/madre sin la custodia”. Si usted tiene el cuidado físico exclusivo, se espera que fomente la relación de su hijo/a con el/la otro/a padre/madre.3
1 Iowa Code § 598.1(7)
2 Iowa Code § 598.1(4)
3 Iowa Code § 598.41(5)(b)
¿Qué es la visitación?
Visitación es el tiempo que el/la padre/madre que no tiene la custodia pasa con el/la menor. Un/a padre/madre que no tiene la custodia legal o el cuidado físico, aún puede tener visitación. La visitación puede ser supervisada o sin supervisión.
¿Cuáles son algunas ventajas y desventajas de solicitar la custodia?
Hay muchas razones por las cuales una persona decide no solicitar la custodia. Algunas personas no buscan una orden de custodia porque no quieren involucrar a la corte. Algunos padres llegan a acuerdos informales que funcionan en su caso particular. Otros piensan que comenzar un caso de custodia provocaría a el/la otro/a padre/madre y es posible que teman que el/la otro/a padre/madre luche para tener más derechos de custodia o visitación de los que le harían sentir cómodo/a.
Aunque el/la otro/a padre/madre no se involucre con el/la menor actualmente, es posible que se involucre una vez se presente el caso en la corte. Además, si el/la otro/a padre/madre lucha por la custodia, el caso podría extenderse por largo tiempo y esto puede ser emocional y económicamente agotador. Cuando vaya a la corte a pedir la custodia, el/la juez/a se fijará en muchos aspectos de su vida personal. Por ejemplo, se puede fijar en su salud mental, expediente criminal, problemas de abuso de sustancias y sus relaciones. Puede que usted prefiera mantener estos asuntos privados.
Por otra parte, obtener una orden de custodia de la corte puede determinar los derechos legales de cada uno de los padres, lo cual puede ser un beneficio. Una orden de custodia puede darle el derecho legal de tomar las decisiones relacionadas a su hijo/a y que su hijo/a viva con usted. Sin una orden, ambos padres pueden compartir estos derechos legales, aun si uno de los padres cuida diariamente de el/la menor. Sin embargo, si usted solicita la custodia, es posible que el/la otro/a padre/madre también pida estos derechos. Si usted y el/la otro/a padre/madre no están de acuerdo, el/la juez/a decidirá cuál es el mejor acuerdo de custodia para el/la menor. Bajo la ley de Iowa, una orden temporal de custodia también incluirá un horario de visitación para el/la padre/madre que no tiene la custodia, a menos que el/la juez/a decida que la visitación no está en el mejor interés de el/la menor.1
Es importante buscar el consejo legal de un/a abogado/a local. Un/a abogado/a puede ayudarle a decidir si solicitar la custodia es lo mejor para usted según su situación particular. Puede encontrar ayuda legal visitando nuestra página Encontrando a un abogado en Iowa.
1 Iowa Code § 598.10(1)(b)
¿Debo comenzar un caso en la corte para pedir visitas supervisadas?
Si le preocupa dejar su hijo/a solo/a con la persona agresora, puede que quiera pedirle a el/la juez/a que ordene visitas supervisadas. La visitas supervisadas podrían ser tan permisivas como tener a una persona presente durante las visitas para “estar pendiente” de las cosas, o tan estrictas como asignar a una persona profesional para que observe y presente un informe de cómo fue la interacción entre el/la menor y el/la otro/a padre/madre. Si ya usted tiene un caso en la corte porque la persona agresora solicitó visitación o custodia, puede ser conveniente pedir visitas supervisadas si tiene una buena razón para hacerlo. Eso dependerá de su situación.
Sin embargo, si no hay un caso pendiente, es buena idea hablar con un/a abogado antes de comenzar uno para pedir visitas supervisadas. Un/a abogado/a que trabaje con custodia en su área puede explicarle lo que necesita probar para que le den visitas supervisadas y un tiempo de duración según lo que está pasando en su caso.
Usualmente, las visitas supervisadas solo se ordenan a corto plazo, pero eso puede variar dependiendo del lugar donde usted viva y el/la juez/a que atienda su caso. El/la juez/a puede ordenar que un/a profesional supervise las visitas, o un familiar o alguna persona que conozca a cualquiera de los padres puede ofrecerse voluntariamente a ser la persona supervisora. Si la persona que supervisa la visita no encuentra problemas graves que deba informarle a el/la juez/a, es posible que las visitas continúen sin supervisión. Al final de un caso, puede que el/la otro/a padre/madre tenga visitas más largas y frecuentes de las que tenía antes de ir a corte. Incluso es posible que obtenga algún tipo de custodia.
Si su hijo/a está en riesgo inmediato por parte de la persona agresora, es posible que usted necesite comenzar un caso para pedir la custodia y visitas supervisadas para proteger a su hijo/a. Para averiguar lo que sería mejor en su situación, puede buscar consejo legal usando nuestra página Encontrando a un abogado en Iowa.
¿Tendré que tomar una clase de crianza?
La ley de Iowa requiere que todos los padres involucrados en un caso de divorcio o de custodia y visitación asistan a un curso de crianza aprobado por la corte. El propósito de esto es para que aprendan cómo la separación o el divorcio de los padres afecta a los/as hijos/as.1 Es posible que el curso se llame “Hijos en el medio”, “Hijos de por medio”, “Hijos enfrentando el divorcio” o algo parecido.
Se supone que ambos padres tomen este curso de crianza dentro de los 45 días de la notificación de los documentos judiciales. A menos que el/la juez/a haya permitido que se ausente por una buena razón (“justa causa”), ambos padres tienen que tomar el curso antes de que el/la juez/a pueda dar una orden final en su caso.1 Cada uno de los padres debe hacer los arreglos para pagar y tomar el curso.2 Puede contactar a el/la secretario/a de la corte de su condado para averiguar los cursos que son aceptados en su condado.
1 Iowa Code § 598.15(1)
2 Iowa Code § 598.15(2)
¿Qué es la mediación?
La mediación es una manera de intentar resolver un problema sin ir a juicio. Un/a mediador es una tercera parte adiestrada que trabaja con usted y el/la otro/a padre/madre para llegar a un acuerdo. Usted y el/la otro/a padre/madre asistirían a una o más sesiones con el/la mediador/a. Cada uno/a explicará lo que quiere que suceda y por qué. También tendrán la oportunidad de responder a las propuestas de el/la otro/a hasta que, con suerte, lleguen a un acuerdo. Tiene derecho a que su abogado/a esté presente en la mediación.
Si logran llegar a un acuerdo, el/la juez/a lo revisará. De ser aprobado, su acuerdo se convertirá en una orden judicial.1 Si el/la juez/a no lo aprueba, o si no pueden llegar a un acuerdo, es posible que el caso vaya a juicio.
Durante un caso de divorcio o de custodia y visitación, puede que el/la juez/a ordene que usted y el/la otro/a padre/madre participen de un proceso de mediación. Sin embargo, usted puede pedirle a el/la juez/a que le permita no participar de la mediación si hay un historial de maltrato doméstico en su relación.2
1 Iowa Code § 598.7(4)(a), (4)(c), (4)(d)
2 Iowa Code § 598.7(1)
¿Qué es un plan de crianza?
Un plan de crianza describe los acuerdos de custodia y cuidado físico, y explica cuándo cada uno de los padres tendrá tiempo con el/la menor.1 Pueden llegar a un acuerdo por su cuenta o a través de mediación y entregarle su plan de crianza compartida a el/la juez/a. Sin embargo, si no pueden llegar a un acuerdo, el/la juez/a decidirá y hará la orden.
Si cualquiera de los padres está pidiendo el cuidado físico compartido, puede que el/la juez/a requiera que ambos sometan propuestas de planes de crianza individuales. Cada plan debe incluir:
- cómo tomará las decisiones que afectan a su hijo/a:
- cómo proveerá un hogar para su hijo/a;
- cómo se dividirá el tiempo de su hijo/a entre ustedes;
- cómo cada uno de los padres fomentará el tiempo de su hijo/a con el/la otro/a padre/madre;
- cómo compartirán los gastos que no están cubiertos por la manutención de menores ordenada por la corte;
- cómo se solucionarán los desacuerdos o cambios importantes que afecten a su hijo/a, incluyendo cambios que surjan a causa de la edad y las necesidades del desarrollo de el/la menor; y
- cualquier otra cosa que el/la juez/a pueda requerir.2
La corte tiene formularios de planes de crianza que puede usar si no tiene un/a abogado/a. En nuestra página Formularios judiciales de Iowa puede encontrar los enlaces para los formularios.
Si usted es un/a sobreviviente de violencia doméstica, el plan de crianza debe ser seguro para usted y su hijo/a. La mejor manera de obtener ayuda para hacer un plan de crianza seguro es hablando con un/a abogado/a con experiencia en casos de custodia y violencia doméstica. Para referidos legales puede visitar nuestra página Encontrando a un abogado en Iowa. Sin embargo, si usted no tiene un abogado/a, puede ser de ayuda leer 10 Cosas que debe saber sobre los planes de crianza en casos de violencia doméstica.
1 Vea Iowa R. Civ. P. 17.200-Form 229, Form 230; Iowa R. Civ. P. 17.400-Form 429, Form 430
2 Iowa Code § 598.41(5)(a)
Quién puede tener custodia o visitación
¿Quién puede obtener la custodia?
Cuando padres casados se separan o se divorcian, cualquiera de los padres o ambos pueden tener la custodia de el/la menor.1
Si los padres de el/la menor no están casados, entonces la madre tendrá la custodia exclusiva de el/la menor a menos que:
- el padre haya firmado un reconocimiento de paternidad; o
- un/a juez/a haya ordenado otra cosa.2
Después que se haya establecido la paternidad legal, el padre tiene derecho a solicitar la custodia o visitación.2
1 Iowa Code § 598.41
2 Iowa Code § 600B.40(1)
¿Puede un padre que cometió violencia doméstica obtener custodia o visitación?
Si el/la juez/a entiende que hay un “historial de maltrato doméstico”, hay una “presunción controvertible” en contra de que la persona agresora tenga custodia compartida. Esto significa que el/la juez/a asumirá que los padres no deben tener custodia compartida. Sin embargo, un/a padre/madre puede intentar cambiar la opinión de el/la juez/a presentando evidencia para demostrar por qué la custodia compartida está en el mejor interés de el/la menor a pesar del maltrato doméstico.1
Para decidir si hay un historial de maltrato doméstico, el/la juez/a se fijará en si:
- se presentó una petición para una orden de protección contra la persona agresora;
- se dio una orden de protección contra la persona agresora;
- la persona agresora violó una orden de protección;
- llamaron a la policía por una situación de maltrato doméstico;
- la persona agresora fue arrestada por maltrato doméstico; o
- la persona agresora fue declarada culpable de agresión por maltrato doméstico.2
Un historial de maltrato doméstico debería tener más peso que todos los demás factores que un/a juez/a considerará al decidir la custodia. 3 Sin embargo, un/a padre/madre que haya cometido violencia doméstica podría obtener algún tipo de custodia o visitación si el/la juez/a decide que es en el “mejor interés de el/la menor”. Según la ley de Iowa, se asume que es en el “mejor interés de el/la menor” tener tanto contacto continuo con ambos padres como sea posible, a menos que el/la menor pueda sufrir daño. “Contacto” significa tanto contacto físico como emocional. “Daño” incluye tanto daño físico como daño emocional significativo.4
Si el/la juez/a está considerando darle custodia compartida o visitas sin supervisión a la persona agresora, debe considerar si estos arreglos serían un riesgo para su seguridad, la de su hijo/a o la de otros/as menores.5
Si el/la otro/a padre/madre ha maltratado a su hijo/a o si usted entiende que su hijo/a no está seguro/a con el/la otro/a padre/madre por otra razón, puede pedir visitas supervisadas o restringidas. El/la juez/a puede ordenarlo si entiende que es en el mejor interés de el/la menor. Vea ¿Debo comenzar un caso en la corte para pedir visitas supervisadas? para más información sobre los tipos de visitación supervisada que usualmente están disponibles.
1 Iowa Code § 598.41(1)(b)
2 Iowa Code § 598.41(3)(j)
3 Iowa Code § 598.41(2)(c)
4 Iowa Code § 598.1(1)
5 Iowa Code § 598.41(3)(i)
¿Puede un padre que haya cometido un asesinato o una ofensa sexual tener visitación?
Si un/a padre/madre fue declarado/a culpable del asesinato en primer grado de el/la otro/a padre/madre, el/la padre/madre asesino/a no puede tener visitación con el/la menor – a menos que el/la juez/a entienda que las visitas serían en el mejor interés de el/la menor. Para tomar esta decisión, el/la juez/a debe considerar todo lo siguiente:
- la edad y nivel de madurez de el/la menor;
- si el/la menor ha desarrollado la madurez suficiente para estar de acuerdo con las visitas;
- si el/la menor quiere visitar a el/la padre/madre;
- la recomendación de la persona que tiene la custodia o el/la tutor/a legal de el/la menor;
- la recomendación de el/la consejero/a de el/la menor o un/a profesional de la salud mental que le haya evaluado;
- la recomendación de el/la tutor/a ad litem de el/la menor, si tiene uno/a; y
- cualquier otra información que el/la juez/a considere relevante.1
Si un/a padre/madre fue declarado/a culpable de una ofensa sexual contra un/a menor, el/la juez/a debe considerar el historial criminal de ese/a padre/madre para decidir si tener visitas con el/la padre/madre es en el mejor interés de el/la menor. Los demás factores del mejor interés también serán considerados. Sin embargo, un/a padre/madre que haya sido declarado/a culpable de una ofensa sexual contra un/a menor no puede tener visitación mientras esté en la cárcel. Tampoco puede tener visitación mientras esté en probatoria o libertad condicional, hasta que complete cualquier programa de tratamiento ordenado por la corte.
Nota: Si hay una orden de custodia o visitación vigente, y luego un/a padre/madre es encarcelado/a por una ofensa sexual contra un/a menor, esto se considera un “cambio sustancial de circunstancias” que podría ser una razón para cambiar (modificar) la orden.2
1 Iowa Code § 598.41B
2 Iowa Code § 598.41A
¿Puede un abuelo o bisabuelo tener visitación?
Un/a abuelo/a o bisabuelo/a solo puede pedir visitación si:
- el/la padre/madre de el/la menor ha muerto; y
- la persona que está buscando visitación es el/la padre/madre o abuelo/a de el/la padre/madre que murió.1
Si el/la padre/madre que está vivo/a no está de acuerdo con la visitación, el/la juez/a asumirá que la decisión de el/la padre/madre es en el mejor interés de el/la menor. Sin embargo, se puede presentar evidencia ante el/la juez/a para intentar que cambie de opinión. Esto es lo que se conoce como una “presunción controvertible”.2 El/la juez/a puede ir contra las preferencias de el/la padre/madre y darle visitación a el/la abuelo/a o bisabuelo/a solo si el/la juez/a entiende que todas las siguientes cosas son ciertas:
- Tener visitas con el/la abuelo/a o bisabuelo/a es en el mejor interés de el/la menor - vea ¿Cómo un juez decidirá si la visitación de abuelos o bisabuelos es en el mejor interés del menor?;
- El/la abuelo/a o bisabuelo/a tenía una “relación sustancial” con el/la menor antes de comenzar el caso judicial - por ejemplo:
- El/la menor vivió con el/la abuelo/a o bisabuelo/a durante al menos seis meses;
- El/la abuelo/a o bisabuelo/a mantuvo a el/la menor económicamente durante al menos seis meses; o
- El/la menor visitó a el/la abuelo/a o bisabuelo/a a menudo, incluyendo quedándose a pasar la noche ocasionalmente, durante al menos un año; y
- El/la padre/madre que se opone a las visitas no está actuando en el mejor interés de el/la menor por alguna de las siguientes razones:
- El/la padre/madre no está apto/a para tomar la decisión; o
- El juicio de el/la padre/madre se ha “deteriorado” y por lo tanto no puede tomar una buena decisión, basado en el hecho de que el/la padre/madre:
- ha sido maltratante, negligente o violento/a con el/la menor;
- no tiene fuertes sentimientos hacia el/la menor;
- no puede o no está dispuesto/a a poner el bienestar emocional y físico de el/la menor en primer lugar;
- tiene un trastorno por abuso de sustancias; o
- tiene una enfermedad mental; y
- El beneficio de que el/la menor tenga visitas con el/la abuelo/a o bisabuelo/a supera grandemente cualquier efecto que las visitas pudieran tener en la relación entre el/la padre/madre y el/la menor.3
1 Iowa Code § 600C.1(1)
2 Iowa Code § 600C.1(2)
3 Iowa Code § 600C.1(3), (5)
¿Cómo un juez decidirá si la visitación de abuelos o bisabuelos es en el mejor interés del menor?
Para decidir si la visitación es en el mejor interés de el/la menor, el/la juez/a se fijará en todas las siguientes:
- cómo la relación de el/la menor con sus padres, hermanos/as y demás familiares se compara con la relación de el/la menor con el/la abuelo/a o bisabuelo/a que está pidiendo visitas;
- cuán lejos vive el/la abuelo/a o bisabuelo/a de el/la menor;
- los horarios y el tiempo libre de el/la menor y los padres;
- la edad de el/la menor;
- si el/la juez/a entrevistó a el/la menor sobre esto, los deseos y preocupaciones de el/la menor en cuanto a las visitas con el/la abuelo/a o bisabuelo/a;
- la salud y seguridad de el/la menor;
- la salud física y mental de todas las partes envueltas;
- si el/la abuelo/a o bisabuelo/a actuó de una manera que resulte en una determinación legal (hallazgo) de que un/a menor haya sido maltratado/a o descuidado/a;
- si el/la abuelo/a o bisabuelo/a ha sido declarado/a o se ha declarado culpable de:
- una ofensa criminal que involucre el maltrato o el descuido de cualquier menor; o
- una ofensa criminal donde la víctima del crimen haya sido un familiar o miembro del hogar involucrado en este caso;
- los deseos y preocupaciones de el/la padre/madre de el/la menor; y
- cualquier otra cosa que el/la juez/a considere relevante al mejor interés de el/la menor.1
1 Iowa Code § 600C.1(1), (2), (3), (4)
El proceso de custodia
¿Cómo el juez tomará una decisión de custodia?
Si usted y el/la otro/a padre/madre no pueden ponerse de acuerdo sobre todos los asuntos relacionados a la custodia, el/la juez/a tomará la decisión. El/ella debe determinar lo que está en el mejor interés de el/la menor considerando todos los siguientes factores:
- si cada uno de los padres sería un/a cuidador/a (custodio) adecuado/a para el/la menor;
- si el desarrollo emocional y psicológico de el/la menor sufrirá si no tiene contacto activo con ambos padres;
- si los padres pueden comunicarse entre sí sobre las necesidades de el/la menor;
- si ambos padres cuidaron activamente de el/la menor antes y después de su separación;
- si cada uno de los padres puede apoyar la relación de el/la menor con el/la otro/a padre/madre;
- si el acuerdo de custodia es lo que el/la menor quiere, o si éste/a se opone firmemente; Nota: Se supone que el/la juez/a tenga en cuenta la edad y madurez de el/la menor cuando considere este factor;
- si los padres quieren custodia compartida o no;
- la distancia entre las casas de los padres;
- si cualquiera de los padres permitió que un/a ofensor/a sexual registrado/a cuidara de el/la menor o tuviera acceso a el/la menor sin supervisión;
- si darle custodia compartida o visitación sin supervisión a la persona agresora sería un riesgo para la seguridad de el/la menor, otros/as menores o usted; y
- si hay un historial de maltrato doméstico según lo define la ley; vea ¿Puede un padre que cometió violencia doméstica obtener custodia o visitación? para más información.1
Además, el/la juez/a se fijará cuidadosamente en cuánto contacto cada uno de los padres ha permitido que el/la otro/a padre tenga con el/la menor. Esto es un “factor significativo” que el/la juez/a considerará al decidir la custodia. Un/a padre/madre debe tener una razón muy válida (justa causa) para no permitir que el/la otro/a padre/madre tenga tanto contacto como sea posible con el/la menor. Sin embargo, un historial de maltrato doméstico cuenta como justa causa.2
Nota: Si usted se fue de la casa porque el/la otro/a padre/madre cometió maltrato doméstico, le amenazó o usted tenía miedo de que le hiciera daño, no se supone que el/la juez/a use esto en su contra.3
1 Iowa Code § 598.41(3)
2 Iowa Code § 598.41(1)(c)
3 Iowa Code § 598.41(1)(d)
¿El juez siempre dará la custodia compartida?
Usualmente, el/la juez/a favorecerá darles custodia legal compartida a los padres. Según la ley de Iowa, el/la juez/a debe dar una orden de custodia y visitación que:
- le dé a su hijo/a tanto contacto físico y emocional continuo como sea posible con ambos padres; y
- motive a los padres a compartir los derechos y responsabilidades de la crianza de el/la menor.1
Sin embargo, la orden de el/la juez/a también debe ser razonable y en el mejor interés de el/la menor.1
La única excepción a la custodia compartida es si tener este tipo de contacto con el/la otro/a padre/madre probablemente le cause daño a el/la menor, a otros/as menores o a usted. “Daño” incluye tanto daño físico directo como daño emocional significativo.1 Un historial de maltrato doméstico puede ser una razón por la cual no se dé la custodia compartida. Vea ¿Puede un padre que cometió violencia doméstica obtener custodia o visitación? para más información.
Si el/la juez/a no da la custodia legal compartida, debe usar los factores del mejor interés para explicar específicamente por qué:
- la custodia legal compartida no es razonable;
- la custodia legal compartida no está en el mejor interés de el/la menor; y
- está justificado terminar la relación legal de custodia entre el/la menor y el/la padre/madre.2
Si el/la juez/a da la custodia legal compartida, también puede dar el cuidado físico compartido si cualquiera de los padres lo pide. Antes de tomar la decisión, el/la juez/a puede requerir que los padres presenten sus propuestas de planes de crianza. Vea ¿Qué es un plan de crianza? para más información.3
Si el/la juez/a no da el cuidado físico compartido, debe explicar específicamente por qué el cuidado físico compartido no es razonable ni en el mejor interés de el/la menor.3
1 Iowa Code § 598.41(1)(a)
2 Iowa Code § 598.41(2)(b)
3 Iowa Code § 598.41(5)(a), (5)(b)
¿En qué estado debo solicitar la custodia?
Generalmente, usted puede solicitar la custodia en Iowa solamente si Iowa es el “estado de residencia” de su hijo/a. Sin embargo, hay excepciones a la regla del estado de residencia.
Usualmente, Iowa califica como el “estado de residencia” de su hijo/a si:
- su hijo/a vive en Iowa y ha vivido en Iowa por los pasados seis meses corridos;
- su hijo/a ya no vive en Iowa, pero:
- Iowa es el último estado donde su hijo/a vivió durante al menos seis meses corridos; y
- uno de los padres de el/la menor aún vive en Iowa; o
- su hijo/a tiene menos de seis meses de edad, pero ha vivido en Iowa desde que nació.1
Irse de Iowa por un corto periodo de tiempo, como de vacaciones, usualmente no cambia el estado de residencia de el/la menor.2
1 Iowa Code §§ 598B.201(1)(a); 598B.102(7)
2 Iowa Code § 598B.102(7)
¿Hay excepciones a la regla del estado de residencia?
Sí, hay excepciones a la “regla del estado de residencia”. Por ejemplo, puede ser posible solicitar la custodia en Iowa aunque no sea el estado de residencia de el/la menor si:
- el/la menor está en Iowa y:
- ha sido abandonado/a; o
- necesita protección de emergencia porque el/la menor, un/a hermano/a o uno de sus padres está siendo maltratado/a o amenazado/a con sufrir maltrato;1 o
- el/la juez/a determina que:
- el/la menor y su padre/madre tienen “conexiones significativas” en Iowa; y
- hay evidencia sustancial en Iowa sobre el cuidado, protección, adiestramiento y las relaciones personales de el/la menor.2
Esto puede ser muy complicado y hay más excepciones que podrían aplicar. Por favor, hable con un/a abogado/a en Iowa y en el estado donde su hijo/a estuvo viviendo antes para decidir dónde debe solicitar. Para encontrar un/a abogado/a o un programa de asistencia legal en su área, por favor visite la página Encontrando a un abogado en Iowa. Si usted es una víctima de maltrato, puede contactar el Centro de Recursos Legales de Violencia Contra las Mujeres para más información.
1 Iowa Code § 598B.204(1)
2 Iowa Code § 598B.201(1)(b)
¿Necesito un abogado?
Usted tiene derecho a solicitar la custodia y tener acceso al sistema judicial sin un/a abogado/a. Sin embargo, los casos de custodia de menores a menudo pueden ser muy complicados, y puede ser difícil para usted presentar una petición adecuada y presentarse en las audiencias judiciales sin la ayuda de un/a abogado/a. Además, si el/la otro/a padre/madre tiene un/a abogado/a puede ser más difícil para usted representarse por su cuenta.
Para encontrar un/a abogado/a o un programa de asistencia legal en su área, por favor visite nuestra página Encontrando a un abogado en Iowa. Si usted es víctima de violencia doméstica, es importante que tenga un/a abogado/a con experiencia en asuntos de violencia doméstica y custodia. Para una lista de preguntas que debe hacer antes de contratar a un/a abogado/a, puede leer ¿Cómo escojo al abogado adecuado? ¿Qué preguntas le hago? en nuestra sección Escogiendo y trabajando con un abogado.
Si va a presentarse en la corte sin un/a abogado/a, nuestra sección Preparándose para la corte – por su cuenta puede servirle de ayuda.
¿Puedo hacer que la persona agresora pague los honorarios de mi abogado?
El/la juez/a puede ordenar que la persona agresora pague los costos de su abogado/a si usted gana un caso:
- de custodia;
- de visitación; o
- en el que se solicita cambiar (modificar) una orden de paternidad, custodia o visitación.1
Sin embargo, si usted pierde, el/la juez/a podría ordenarle que pague por el/la abogado/a de la persona agresora.1
1 Iowa Code § 600B.26
¿Quiénes son algunos de los otros profesionales que pueden estar involucrados en mi caso?
El/la juez/a puede asignar uno/a o más de los/as siguientes profesionales a su caso:
- tutor/a ad litem;
- un/a abogado/a para el/la menor;
- un/a investigador/a de custodia de menores; o
- un/a reportero/a de menores y familia.1
Un/a tutor/a ad litem es un/a abogado/a que asignan para representar el mejor interés de el/la menor.2 Su trabajo es convencer a el/la juez/a sobre lo que entiende que está en el mejor interés de el/la menor.
Un/a abogado/a de menores es un/a abogado/a que asignan para representar a el/la menor.3 Su trabajo es convencer a el/la juez/a de que haga lo que su cliente, el/la menor, quiere.
Un/a tutor/a ad litem y un/a abogado/a de menores pueden hacer muchas de las mismas cosas en el caso judicial, incluyendo:
- entrevistar a el/la menor y a sus padres o tutor/a;
- tener contacto regular con su el/la menor mientras el caso está en proceso;
- entrevistar a los/as maestros/as, doctores/as y demás proveedores/as de servicio de el/la menor, y revisar y copiar los expedientes relevantes;
- ir a la corte en las fechas asignadas; y
- presentar documentos y evidencia, entrevistar testigos y participar completamente en las audiencias.4
Un/a investigador/a de custodia de menores o reportero/a de menores y familia es un/a profesional asignado/a por el/la juez/a para obtener información sobre cosas relacionadas a el/la menor y su mejor interés, incluyendo las condiciones del hogar de cada uno de los padres y sus habilidades de crianza. La persona investigadora o reportera prepara un informe y lo presenta en la corte. Los padres y sus abogados/as también pueden leer el informe. Usualmente, este informe se vuelve parte del expediente judicial del caso.5
Si el/la juez/a asigna cualquiera de estos/as profesionales a su caso, es posible que uno o ambos padres tengan que pagar sus costos. Sin embargo, el condado puede pagar si los ingresos de uno de los padres están por debajo de cierta cantidad.6
1 Iowa Code § 600B.40(4)
2 Iowa Code § 598.12
3 Iowa Code § 598.12A
4 Iowa Code §§ 598.12; 598.12A
5 Iowa Code § 598.12B
6 Iowa Code §§ 598.12; 598.12A; 598.12B
¿Puedo obtener la custodia temporal como parte de una orden de protección contra la violencia doméstica?
Usted puede obtener una orden temporal de custodia y visitación en una orden de protección basada en maltrato doméstico. Esto es cierto para órdenes de protección temporales y finales. El/la juez/a debe considerar la seguridad suya y de su hijo/a al hacer una orden temporal de custodia y visitación. Si el/la juez/a entiende que la visitación sin supervisión le pondrá a usted o a su hijo/a en riesgo, el/la juez/a debe:
- dar visitación supervisada;
- restringir la visitación; o
- denegarla.1
El/la juez/a también decidirá si se debe cambiar (modificar) cualquier orden vigente de custodia o visitación.1
1 Iowa Code §§ 236.4(2)-(4); 236.5(1)(b)(5)
Pasos para solicitar la custodia
Cosas que debe considerar antes de solicitar
Antes de solicitar la custodia en la corte, es posible que quiera considerar preparar un acuerdo extrajudicial (fuera de la corte) con el/la otro/a padre/madre. A menudo, los padres tienen que ser flexibles cuando se trata de custodia y visitación para beneficio de el/la menor. Los padres que luchan por la custodia exclusiva pueden litigar en corte durante meses o años y aun así es posible que terminen con algún tipo de orden de custodia compartida después de llegar a acuerdos o un juicio.
Sin embargo, a veces los padres tienen que luchar por la custodia exclusiva porque no pueden ponerse de acuerdo con el/la otro/a padre/madre. Es posible que usted tenga que solicitar la custodia si el/la otro/a padre/madre le está impidiendo ver a su hijo/a o usted teme por el bienestar de el/la menor. Si el/la otro/a padre/madre ha cometido violencia doméstica en su contra, es posible que intente mantener el poder y control sobre usted a través de el/la menor. Cuando ha habido violencia doméstica, usualmente la custodia compartida no es una buena opción por la diferencia de poder en la relación de los padres.
Tenga en cuenta que los casos de custodia pueden tardar mucho tiempo. Pasar por este proceso puede ser agotador emocional y financieramente, así que por favor haga lo que pueda para cuidarse. Si usted ha sufrido violencia doméstica, es posible que quiera contactar una organización local de violencia doméstica. Una persona intercesora allí puede apoyarle y ayudarle a hacer un plan de seguridad mientras está en la corte.
Para conocer más sobre este tema, puede ver nuestros videos de custodia, visitación y manutención de menores, donde explicamos conceptos legales y el proceso judicial. También puede leer más sobre asuntos de seguridad en la sección Asuntos de seguridad de nuestra página de asuntos básicos del sistema judicial.
En las siguientes secciones discutiremos los pasos que generalmente se toman durante el proceso de custodia. Para obtener información específica de cómo este proceso funciona en su condado y estado, puede que quiera contactar a un/a abogado/a local.
Paso 1: Prepararse para el caso
Conozca los tipos de custodia que están disponibles y cómo la violencia doméstica podría afectar la custodia en su estado. Piense en lo que va a pedir, lo que sería mejor para su hijo/a y lo que sería más seguro para ambos/as.
Puede prepararse para la corte recolectando evidencia que ayude a explicar por qué usted debería tener la custodia. Su evidencia debe estar relacionada a los “factores del mejor interés” que un/a juez/a considerará para determinar lo que es mejor para su hijo/a. Puede visitar ¿Cómo el juez tomará una decisión sobre la custodia? para más información.
Los casos de custodia son complicados, así que es posible que quiera conseguir un/a abogado/a. Si puede contratar a un/a abogado/a, puede usar esta lista de preguntas como guía al decidir a quién contratar. Si no puede contratar a un/a abogado/a, es posible que al menos quiera intentar conseguir una consulta gratis o a bajo costo para que le ayude a preparar una estrategia legal para su caso.
Paso 2: Presentar y hacer la notificación de la petición de custodia
El documento legal que comienza un caso de custodia se conoce como petición. Usted puede presentar su petición de custodia en la corte de familia o en una corte que tenga otro nombre y vea casos de custodia. Generalmente, usted presentará su petición en el condado donde viva el/la menor.
La petición exacta que presentará dependerá de si usted está casado/a con el/la otro/a padre/madre de el/la menor, como puede ver en la siguiente tabla.
Si usted y el/la otro/a padre/madre… | Entonces usualmente usted puede solicitar la custodia en… |
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están casados y se van a divorciar | el caso de divorcio. |
están casados, pero no se van a divorciar | una petición de custodia por separado. |
no están casados | una petición de custodia por separado, pero es posible que deba establecerse la paternidad legal antes de o durante el caso de custodia. |
A veces, personas que no son los padres también puede solicitar derechos de custodia y visitación. Para averiguar cómo presentar una petición si usted no es uno de los padres, vaya a ¿Puede un abuelo o bisabuelo obtener visitación? o hable con un/a abogado/a.
Los formularios que necesitará para la petición de custodia están disponibles en la corte local. Muchos formularios también están disponibles en línea. Algunas cortes pueden tener un/a oficial de asistencia judicial u otro personal que puede ayudarle a llenar los formularios que necesita presentar. Sin embargo, el personal de la corte no puede aconsejarle ni representarle. Es mejor conseguir la ayuda de un/a abogado/a de local para asegurarse que tiene todos los formularios y que los llenó correctamente. Puede usar nuestras páginas Tribunales, Formularios judiciales y Encontrando a un abogado de Iowa para encontrar la corte de su condado, los formularios y abogados/as locales.
Dependiendo de lo que esté pasando con el/la menor y el/la otro/a padre/madre, es posible que pueda pedir una orden de custodia temporal o de emergencia cuando presente su petición. Eso puede requerir presentarse ante el/la juez/a. Sin embargo, en la mayoría de los casos, simplemente presentará la petición y luego el/la secretario/a le dará una fecha para regresar a la corte algunas semanas o meses más tarde. Si el bienestar de su hijo/a está en peligro, asegúrese de mencionarlo en la petición y notificarlo a las autoridades locales según sea necesario. También puede ser posible solicitar una orden de restricción y obtener la custodia temporal como parte de la orden de restricción.
Después que presente su petición, deberá entregarle los documentos a el/la otro/a padre/madre. Esto se llama “notificación”, y hay reglas específicas de cómo hacerlo. Es posible que quiera preguntarle a el/la secretario/a cuáles son las instrucciones para notificarle a la otra parte en su estado.
Paso 3: Fechas judiciales preliminares
El próximo paso en el proceso de custodia es tener fechas “preliminares” en la corte. Preliminar significa de introducción o preparación. Estas fechas pueden tener un nombre distinto en su estado, como “primera comparecencia”, “conferencia de estatus” u otra cosa. En estas fechas se pueden trabajar con ciertos asuntos en las primeras etapas del caso. Algunos de los asuntos que podrían trabajarse son:
- problemas con la notificación;
- referidos a mediación;
- órdenes temporales de custodia y visitación; y
- mociones antes del juicio.
Durante esta etapa, el/la juez/a usualmente dará órdenes temporales de custodia y visitación que estarán vigentes mientras el caso continúe. En algunos casos, el/la juez/a puede asignar un/a tutor/a ad litem o un/a abogado/a para el/la menor.
Para más información que puede ayudarle a preparase para las fechas judiciales preliminares, vaya a nuestra sección Antes del juicio.
Paso 4: Llegar a un acuerdo o ir a juicio
Hay dos maneras distintas en las que podría obtener una orden final de custodia: llegando a un acuerdo o a través de un juicio.
Llegar a un acuerdo: En algunas situaciones, usted y el/la otro/a padre/madre podrían llegar a un acuerdo sobre las condiciones de vida de su hijo/a. Si el/la juez/a lo aprueba, su acuerdo podría convertirse en la orden final de custodia. Esto podría permitirle mantener cierto nivel de control sobre el resultado y ayudarle a evitar el estrés y la incertidumbre de un juicio. Usted y el/la otro/a padre/madre podrían negociar un acuerdo por su cuenta, con la ayuda de sus abogados/as o a través de la mediación.
Ir a juicio: Si no pueden llegar a un acuerdo o si no es seguro para usted tratar directamente con el/la otro/a padre/madre, el próximo paso sería ir a juicio. En ese momento, el/la juez/a tomará todas las decisiones sobre la custodia basado en lo que el/ella entienda es en el mejor interés de su hijo/a. Durante un juicio, usted o su abogado/a puede presentar evidencia e interrogar a el/la otro/a padre/madre. El/la otro/a padre/madre puede hacer lo mismo. Si se está representando a sí mismo/a, puede aprender más sobre cómo hacerlo en nuestra sección Durante la audiencia.
Paso 5: Opciones si no está de acuerdo con la orden
Si no está de acuerdo con la orden de el/la juez/a, hay dos opciones legales que podría presentar inmediatamente, como una moción de reconsideración o una apelación.
- Una moción de reconsideración le pide a el/la juez/a que tome una decisión diferente basándose en la ley o en nueva evidencia.
- Una apelación mueve el caso a una corte superior o de mayor rango y le pide a esa corte que revise la decisión de la corte inferior debido a un error de el/la juez/a.
Cada estado tiene un tiempo límite establecido para presentar estas acciones, que usualmente va de entre 10 a 60 días. Para conocer el límite de tiempo exacto para su caso, es posible que quiera preguntarle a un/a abogado/a en su estado.
También podría pedirle a el/la juez/a que cambie su orden en el futuro si hay un “cambio sustancial de circunstancias” después que se haya decidido el caso. Puede hacer esto presentando una moción o petición para cambiar (modificar) la orden. Sin embargo, usualmente, esto solo se puede hacer bajo ciertas circunstancias. Aquí tiene algunos ejemplos de eventos que podrían considerarse cambios sustanciales de circunstancias:
- El/la otro/a padre/madre es encarcelado/a o acusado/a de maltrato o negligencia de menores;
- El/la otro/a padre/madre no está cumpliendo con la orden de custodia y visitación; o
- Las necesidades de su hijo/a cambian significativamente.
Después que hay una orden
¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con la orden de custodia y visitación de el juez?
Tiene algunas opciones justo después que el/la juez/a dé la orden:
- Una moción de reconsideración le pide a el/la juez/a que tome una decisión diferente basándose en la ley o en nueva evidencia.
- Una apelación explica un error que cometió el/la juez/a. La misma mueve el caso a una corte superior y le pide a la corte que revise la decisión de el/la juez/a.
Puede aprender más sobre estas opciones en nuestra sección Cuando existe una decisión.
Por otro lado, una moción o petición para cambiar (modificar) la orden es una petición legal que no se presenta de inmediato. Para más información vea ¿Cómo puedo cambiar mi orden de custodia y visitación?
Todas estas opciones pueden ser complicadas y es posible que quiera hablar con un/a abogado/a en su estado para que le aconseje. Puede encontrar referidos legales en nuestra página Encontrando a un abogado en Iowa.
¿Qué puedo hacer si el otro padre no está cumpliendo con la orden de custodia o visitación?
Si el/la otro/a padre/madre no cumple con la orden, usted puede presentar una moción de desacato. Esto es cierto tanto para órdenes temporales como finales. Si el/la juez/a entiende que el/la otro/a padre/madre violó la orden intencionalmente, puede hacer cualquiera de las siguientes cosas:
- encarcelarle por un máximo de 30 días;
- darle más visitas a usted para reponer cualquier visita que haya perdido;
- darle custodia compartida o cambiar el/la padre/madre que tiene la custodia;
- requerir que ambos padres participen de mediación para trabajar los asuntos de la custodia compartida;
- hacer que ambos padres tengan contacto con el/la menor en un lugar o con una persona neutral; y
- ordenar otros requisitos específicos para encargarse de la violación.1
Si usted gana el caso de desacato, el/la juez/a puede ordenar que el/la otro/a padre/madre pague los honorarios de su abogado/a y demás costos judiciales.2
1 Iowa Code § 598.23
2 Iowa Code § 598.24
¿Cómo puedo cambiar mi orden de custodia o visitación?
Si usted quiere cambiar (modificar) su orden de custodia y visitación, puede presentar una petición de modificación en la corte. Sin embargo, generalmente, el/la juez/a no cambiará una orden final de custodia y visitación a menos que:
- haya habido un cambio sustancial de circunstancias después que se dio la orden final; y
- el cambio que está pidiendo es en el mejor interés de el/la menor.1
Nota: Mudarse puede ser una razón para modificar una orden de custodia.2 Vea ¿Qué debo hacer si quiero mudarme con mi hijo? para más información.
Si usted y el/la otro/a padre/madre no pueden ponerse de acuerdo sobre el acuerdo de custodia, el/la juez/a puede requerir que vayan a mediación. Sin embargo, el/la juez/a no puede requerir mediación si entiende que:
- hay un historial de maltrato doméstico; o
- es probable que la mediación le cause daño físico directo o daño emocional significativo a usted, a su hijo/a o a otros/as menores.3
El/la juez/a también puede cambiar su orden de custodia y visitación temporalmente si cualquiera de los padres está en el ejército y tiene un despliegue.4
1 In re Marriage of Frederici, 338 N.W.2d 156 (Iowa 1983)
2 Iowa Code § 598.21D
3 Iowa Code § 598.41(8)
4 Iowa Code § 598C.301
¿Qué debo hacer si quiero mudarme con mi hijo?
Primero, es buena idea verificar si la orden de custodia y visitación que usted tiene dice algo sobre las mudanzas. Dependiendo de cuán lejos vaya, es posible que deba presentar una petición en la corte para cambiar su orden y que necesite permiso de el/la juez/a para hacerlo. En Iowa, mudarse a 150 millas o más de distancia de donde el/la menor vivía cuando obtuvo la orden puede ser un cambio sustancial de circunstancias para propósitos de cambiar su orden.1
Si el/la otro/a padre/madre no está de acuerdo con su plan, puede intentar convencer a el/la juez/a de que la mudanza no es en el mejor interés de su hijo/a.2
Si el/la juez/a acepta que usted se mude, puede cambiar la orden para mantener intacta la relación entre su hijo/a y el/la otro/a padre/madre. Por ejemplo, el/la juez/a puede incluir en la orden:
- visitas más largas con el/la otro/a padre/madre durante las vacaciones de verano y recesos escolares de el/la menor;
- llamadas telefónicas programadas entre el/la otro/a padre/madre y el/la menor;
- que cualquiera de los padres o ambos lleven a el/la menor a la visitación; y
- un requisito de que usted pague una fianza de dinero en efectivo para asegurar que cumplirá con la orden de visitación. Esto puede pasar si el/la juez/a entiende que en el pasado usted ha interferido con el acceso de el/la otro/a padre/madre a el/la menor.1
1 Iowa Code § 598.21D
2 In re Marriage of Lower, 269 N.W. 2d 822 (Iowa 1978)
Si me mudo a otro estado, ¿puedo transferir mi caso de custodia allá?
Después que le den una orden final de custodia, es posible que usted y sus hijos/as quieran mudarse a otro estado en algún momento. Puede conocer más sobre cómo transferir un caso de custodia a otro estado en nuestra página general de custodia.
Tenga en cuenta que a menudo los padres necesitan permiso de un/a juez/a o de el/la otro/a padre/madre para mudarse del estado con sus hijos/as. Por lo tanto, es importante hablar con un/a abogado/a antes de mudarse. Un/a abogado/a le puede ayudar a asegurarse de que sus planes de mudanza no violen su orden de custodia ni las leyes de secuestro parental de su estado.