¿Qué es el National Crime Information Center Registry (Centro de Registro Nacional de Información de Crímenes)? ¿Quién tiene acceso?
El National Crime Information Center Registry (NCIC) (Centro de Registro Nacional de Información de Crímenes) es una base de datos nacional utilizada por agencias del orden público en los Estados Unidos, Canadá, y Puerto Rico. Es administrada por el FBI y los oficiales de autoridad competente.
Antes de mudarse a Illinois, el estado donde le fue otorgada su orden de protección puede que ya haya ingresado su orden en el NCIC, de lo contrario su orden será ingresada en el NCIC una vez que esta haya sido registrada en Illinois.
Nota: La mayoría de los oficiales judiciales tienen acceso al NCIC, pero esta información está encriptada para evitar el acceso de intrusos.1
1 Vea el sitio web del FBI
¿Cómo registro mi orden de protección en Illinois?
Para registrar su orden de protección en Illinois, necesita llevar una copia de la orden al secretario de la corte de Familia donde vive.1 El secretario judicial enviará su orden con la agencia de cumplimiento local que se encuentra a cargo del departamento estatal de records judiciales, y luego será registrada dentro de las 24 horas siguientes en el sistema automático de registro de la ley de cumplimiento.2
Si necesita ayuda registrando su orden de protección, puede contactar a la organización de violencia doméstica del estado de Illinois para que le ayude. Puede encontrar información acerca de organizaciones en su área en nuestra página de IL Intercesoras y Albergues.
1 750 ILCS 60/222.5(a)
2 750 ILCS 60/222.5(b)(2); 750 ILCS 60/302(a); 725 ILCS 5/112A-28(a)
¿Tengo que registrar mi orden de protección en Illinois para que esta pueda ser ejecutada?
La ley del estado de Illinois da total protección a una orden de protección emitida fuera del estado, siempre y cuando usted le pueda mostrar al oficial una copia de la orden y le pueda decir al oficial si cree que su orden es aún válida. La orden no tiene que ser registrada en el registro estatal o federal para que se haga cumplir por parte de un oficial de policía de Illinois, pero el oficial necesita saber que es una orden válida (real).1
1 750 ILCS 60/222.5(c); 735 ILCS 5/12-652(c); 750 ILCS 60/301(b)
¿El agresor puede ser notificado si registro mi orden de protección?
Bajo la ley en Contra de la Violencia de Mujeres, o VAWA en inglés (Violence Against Women Act), que se aplica a todos los estados de EE.UU. y sus territorios, el tribunal no está autorizado a notificar al agresor cuando una orden de protección ha sido registrado o presentado en un nuevo estado a menos que usted solicite específicamente que el agresor sea notificado.1 Sin embargo, puede que desee confirmar que el oficial de la corte es consciente de esta ley antes de registrar la orden si su dirección es confidencial.
Sin embargo, recuerde que puede haber una posibilidad de que el agresor podría de alguna manera saber a qué estado se ha mudado. Es importante seguir haciendo un plan de seguridad, incluso si ya no está en el estado donde el agresor vive. Tenemos algunos ideas para mantener su seguridad en nuestra página Planificación de Seguridad. También puede ponerse en contacto con una organización local de violencia doméstica para obtener ayuda en hacer un plan de seguridad personalizado para usted. Encontrará información de contacto de las organizaciones en su área en nuestra página IL Intercesoras y Albergues.
1 18 USC § 2265(d)
¿Qué pasa si no registro mi orden de protección? ¿Será más difícil ejecutarla?
No debe ser más difícil ejecutar su orden de protección si usted no la registra. El estado de Illinois obliga a los oficiales/policía hacer cumplir una orden de protección emitida fuera del estado aun si esta no ha sido registrada en Illinois, siempre y cuando usted le pueda mostrar al oficial una copia de la orden.1 Una copia certificada de una orden de protección se asume automáticamente como válida, por lo que sería bueno que mantenga una copia certificada de su orden en todo momento.2
Si usted no está segura acerca de si la decisión de registrar su orden de protección es la más apropiada para usted, puede contactar a una organización local de violencia doméstica en su área. Un/a defensor/a puede ayudarle a decidir cuál es el plan más seguro para usted en Illinois. Para encontrar una lista de organizaciones locales de violencia doméstica en Illinois, vea la página IL Intercesoras y Albergues.
1 750 ILCS 60/301(b)
2 720 ILCS 5/12-30
¿Cuesta registrar mi orden de protección?
No hay ningún costo por el registro de su orden de protección en el estado de Illinois.1
1 750 ILCS 60/222.5(d)