¿Cómo puedo impedir que el otro padre se lleve a mis hijos fuera del país?
Si usted cree que el/la otro/a padre/madre pudiera sacar a sus hijos/as del país sin autorización y luego negarse a regresarlos/as, puede pedirle a el/la juez/a que le ayude a evitar lo que la ley de Arkansas llama “secuestro internacional de menores”.1
Si el/la juez/a entiende que el/la otro/a padre/madre puede cometer secuestro internacional de menores, puede:
- darle la custodia a el/la padre/madre que no represente un riesgo de secuestro internacional;
- cambiar la orden de custodia para reducir riesgos como, por ejemplo, haciéndola extremadamente específica para que se pueda hacer cumplir más fácilmente;
- ordenar que la visitación con el/la otro/a padre/madre sea supervisada;
- ordenar que el/la otro/a padre/madre:
- no recoja a los/as menores de la escuela ni se les acerque fuera de los horarios de visitación establecidos;
- no saque a los/as menores de los Estados Unidos, entregue sus pasaportes y no les saque pasaportes nuevos ni visas de viaje; o
- pague una fianza de suficiente dinero para cubrir los gastos de regresar a los/as menores si son secuestrados;
- ordenar que se le notifiquen las restricciones de viaje de los/as menores al Departamento de Estado; y
- darle autoridad a los/as oficiales de la policía para que impidan el secuestro.2
Para decidir si un/a padre/madre está en riesgo de secuestro internacional de menores, un/a juez/a tomará en cuenta todos los factores relevantes, incluyendo si el/la otro/a padre/madre:
- anteriormente ha cometido, amenazado con cometer o intentado cometer secuestro internacional de menores;
- no tiene una situación financiera suficientemente estable como para permanecer en los Estados Unidos;
- está tomando medidas para irse del país, como renunciar a su trabajo o hacer arreglos para viajar;
- tiene un historial de violencia doméstica, maltrato de menores, inestabilidad marital o de no cooperar con usted;
- tiene historial criminal o un historial de haber violado órdenes de la corte; y
- tiene conexiones fuera de los Estados Unidos o no tiene conexiones significativas en Estados Unidos.3
1 Vea Ark. Code § 9-13-402(6)
2 Ark. Code § 9-13-406
3 Ark. Code § 9-13-405