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Información Legal: Distrito de Columbia

Manutención de Menores

Leyes actualizadas al 30 de agosto de 2024

¿Qué puedo hacer si el otro padre no está pagando la manutención de menores que se ordenó?

Si el/la otro/a padre/madre viola la orden, usted o la División de Servicios de Manutención de Menores puede presentar una moción de desacato civil por violar una orden de manutención de menores en la corte. Cuando el/la padre/madre no custodio no cumple las instrucciones de la orden judicial, la corte puede ordenarle que las cumpla. El/la otro/a padre/madre puede ser acusado/a de desacato civil si hay una orden de manutención de menores vigente y usted no ha recibido un pago voluntario de manutención de menores dentro de 60 días. Los pagos voluntarios son pagos hechos por el/la padre/madre no custodio o su empleador/a.

Como parte de un desacato civil, la corte puede ordenar que el/la padre/madre no custodio:

  • haga un pago único;
  • haga pagos programados; o
  • sea encarcelado/a.1

Por otro lado, su caso podría ser elegible para desacato criminal si:

  • el/la padre/madre no custodio desobedece la orden judicial intencionalmente;
  • las demás acciones administrativas de cumplimiento no son exitosas;
  • el/ella no ha hecho pagos voluntarios de manutención significativos dentro de tres meses antes de la fecha del referido para el desacato criminal; y
  • se entiende de buena fe que él/ella puede pagar la manutención de menores.1

Como parte del desacato criminal, la corte podría ordenar cualquiera de las siguientes cuando una de las partes ha desobedecido una orden de manutención intencionalmente:

  • un máximo de 180 dias de cárcel;
  • participar en un programa de rehabilitación;
  • aceptar un trabajo adecuado y disponible o participar de actividades de búsqueda y ubicación en un trabajo;
  • libertad condicional; o
  • cualquier otra acción que el/la juez/a decida.2

1 sitio web de la División de Servicios de Manutención de Menores de D.C.
2 D.C. Code § 46-225.02