¿Qué es el National Crime Information Center Registry (Centro de Registro Nacional de Información de Crímenes)? ¿Quién tiene acceso?
El National Crime Information Center Registry (NCIC) (Centro de Registro Nacional de Información de Crímenes) es una base de datos nacional utilizada por agencias del orden público en los Estados Unidos, Canadá, y Puerto Rico. Es administrada por el FBI y los oficiales de autoridad competente.
Antes de mudarse a Indiana, el estado donde le fue otorgada su orden de protección puede que ya haya ingresado su orden en el NCIC, de lo contrario su orden será ingresada en el NCIC una vez que esta haya sido registrada en IN.
Nota: La mayoría de los oficiales judiciales tienen acceso al NCIC, pero esta información está encriptada para evitar el acceso de intrusos.
¿Es necesario que registre mi orden de protección en Indiana para que esta se pueda hacer cumplir?
La ley de Indiana le provee protección completa a las órdenes de fuera del estado, siempre y cuando pueda enseñarle a el/la policía una orden que parezca ser válida.1 La orden no tiene que haberse entrado al registro estatal ni al federal para que se haga cumplir por la policía de Indiana, pero el/la oficial sí necesita creer que es una orden válida (real).2
1 IC § 34-26-5-17
2 IC §§ 34-26-5-17(e),(g)(1)
¿Cómo registro mi orden de protección en Indiana?
Para registrar su orden de protección en Indiana, necesita llenar un formulario de Registro de Orden de Protección Extranjera (PO-0119) y llevar el formulario junto a una copia certificada de su orden a la oficina de el/la secretario/a de la corte donde vive. El/la secretario/a de la corte enviará la información a la agencia del orden público local para que sea ingresada en el Sistema de Datos y Comunicaciones de Indiana (IDACS, por sus siglas en inglés), así como en el Registro del Centro Nacional de Información sobre el Delito (NCIC, por sus siglas en inglés).1
Si necesita ayuda para registrar su orden de protección, puede ponerse en contacto con una organización local de violencia doméstica en Indiana para obtener ayuda. Puede encontrar información de contacto de las organizaciones en su área en nuestra página de Indiana: Intercesoras y Albergues.
1 IC §§ 5-2-9-6; 34-26-5-17
¿El agresor será notificado si registro mi orden de protección?
Bajo la Ley de Violencia contra las Mujeres, (Violence Against Women Act, VAWA), que se aplica a todos los estados de EE.UU. y sus territorios, el tribunal no está autorizado a notificarle a el/la agresor/a cuando una orden de protección ha sido registrada o presentada en un nuevo estado, a menos que usted solicite específicamente que se le notifique a el/la agresor/a.1 Sin embargo, si su dirección es confidencial, puede que desee confirmar que el/la secretario/a de la corte sabe sobre esta ley antes de registrar la orden.
Sin embargo, recuerde que puede haber una posibilidad de que el/la agresor/a podría de alguna manera saber a qué estado se ha mudado. Es importante seguir haciendo un plan de seguridad, incluso si ya no está en el estado donde vive el/la agresor/a. Puede ver nuestra página Planificación de Seguridad para mantenerse lo más seguro/a posible. También puede ponerse en contacto con una organización local de violencia doméstica para obtener ayuda en hacer un plan de seguridad personalizado para usted. Encontrará información de contacto de las organizaciones en su área en nuestra página Indiana: Intercesoras y Albergues.
1 18 USC § 2265(d)
Si no registro mi orden de protección ¿será más difícil que esta se pueda hacer cumplir?
Ni la ley federal ni la de Indiana requiere que registre su orden de protección para hacerla cumplir. Por eso, no debería ser más difícil hacer cumplir su orden de protección aún si no la registra en Indiana. Un/a policía debe hacer cumplir su orden de restricción siempre y cuando pueda enseñarle una copia de la orden que parezca ser válida.1 Es por esto que recomendamos enfáticamente que siempre tenga consigo por lo menos una copia impresa de la orden.
Si no sabe si registrar la orden es la decisión correcta para usted, quizás quiera contactar a una organización local de violencia doméstica en su área. Allí, un/a intercesor/a puede ayudarle a decidir cuál es el plan de acción es más seguro para usted en Indiana. Para ver una lista de organizaciones que trabajan con violencia doméstica localmente, vaya a Indiana: Intercesoras y Albergues.
1 IC § 34-26-5-17(c), (e), (g)