¿Qué asuntos puede atender el juez mientras el divorcio está pendiente?
Después que cualquiera de las partes solicita el divorcio, el/la juez/a puede dar una orden temporal que sea efectiva mientras el divorcio esté pendiente y que haga lo siguiente:
- impida que las partes tomen acciones que involucren los bienes de las partes;
- provea para el uso, ocupación, manejo y control de los bienes de las partes;
- impida que las partes interfieran con los derechos de privacidad de cada una, incluyendo prohibir que las partes usen cualquier sistema de rastreo electrónico o de conseguir datos informativos de rastreo para determinar la ubicación, movimiento o patrones de viaje de la otra persona;
- provea para la custodia legal, residencia y tiempo de crianza de los/as hijos/as menores de la pareja;
- provea para la manutención de menores y manutención conyugal;
- requiera mediación entre las partes sobre asuntos como la custodia de menores, residencia, división de bienes, tiempo de crianza y el desarrollo de un plan de crianza;
- ordene que una de las partes pague los gastos relacionados al caso judicial, incluyendo los honorarios razonables de abogado/a para que la otra parte pueda prepararse para el juicio;
- requiera una investigación por oficiales de la corte sobre cualquier asunto relevante al caso; y
- requiera que cada uno de los padres firme cualquier documento necesario que permitiría que ambos padres tengan información de, y para comunicarse con, cualquier proveedor/a de seguros médicos sobre la cubierta de seguro médico de sus hijos/as.1
1 Kan. Stat. § 23–2707(a)