¿Cómo tomará el juez una decisión sobre la custodia?
Un/a juez/a tomará una decisión de custodia basándose en lo que crea que está en el mejor interés de su hijo/a.1 El/la juez/a se fijará en cualquier factor que entienda que es importante para tomar esta decisión, incluyendo, pero no limitado a:
- las necesidades físicas, emocionales, culturales, espirituales y demás necesidades de el/la menor;
- el efecto que tendrán los acuerdos de custodia que hayan sido propuestos en las necesidades y el desarrollo de el/la menor;
- cualquier necesidad especial médica, de salud mental, de discapacidad del desarrollo o educativa que tenga el/la menor y que posiblemente requiera arreglos especiales de crianza o acceso a los servicios recomendados;
- la preferencia razonable de el/la menor, si el/la juez/a entiende que tiene la habilidad, edad y madurez suficiente para expresar una “preferencia independiente y confiable”;
- si ha ocurrido maltrato doméstico en la casa o relación de cualquiera de los padres:
- la naturaleza y el contexto del maltrato doméstico; y
- el efecto del maltrato doméstico en:
- las habilidades de crianza de la persona agresora; y
- la seguridad, el bienestar y las necesidades del desarrollo de el/la menor;
- cualquier problema de salud física, mental o química de un/a padre/madre que afecte la seguridad o las necesidades del desarrollo de el/la menor;
- el historial y la naturaleza de la participación de cada uno de los padres en el cuidado de el/la menor;
- la disposición y habilidad de cada uno de los padres para:
- proveer el cuidado continuo de el/la menor;
- cumplir con las continuas necesidades de desarrollo, emocionales, espirituales y culturales de el/la menor;
- ser consistente y continuar con el tiempo de crianza;
- cooperar con la crianza de el/la menor;
- maximizar el intercambio de información;
- reducir la exposición de el/la menor a los conflictos parentales; y
- usar métodos para resolver las controversias de cualquier decisión importante en la vida de el/la menor;
- el efecto de los cambios en el hogar, la escuela y comunidad de el/la menor en su desarrollo;
- el efecto de los arreglos de custodia que hayan sido propuestos en la relación continua entre el/la menor y cada uno de los padres, hermanos/as y otras personas importantes en su vida;
- el beneficio que puede tener para el/la menor el maximizar el tiempo de crianza con ambos padres;
- el daño que puede tener para el/la menor el limitar el tiempo de crianza con cualquiera de los padres;
- excepto en casos en los que haya ocurrido maltrato doméstico, la disposición de cada uno de los padres para apoyar la relación de el/la menor con el/la otro/a padre/madre y para promover y permitir el contacto frecuente y continuo entre ellos/as;2 y
- el que un/a padre/madre haya violado o no la ley criminal contra las denuncias falsas de maltrato de menores.3
Nota: No se supone que el/la juez/a considere las siguientes cosas al determinar el mejor interés de el/la menor para la custodia y el tiempo de crianza:
- los actos y comportamientos de un/a padre/madre que no afecten su relación con el/la menor;4
- un despliegue anterior o un posible despliegue futuro, si uno de los padres está en el ejército;5
- el género de cada uno de los padres;6
- si los padres estuvieron casados alguna vez;7 y
- si uno de los padres no pagó la manutención porque no tenía la capacidad para hacerlo.8
Si usted o su hijo/a tiene alguna discapacidad, vea Si mi hijo o yo tenemos una discapacidad, ¿eso afectará la decisión del juez?
1 Minn. Stat. § 257.025(a)
2 Minn. Stat. §§ 257.025(a); 518.17(1)(a)
3 Minn. Stat. § 518.17(1)(b)(6)
4 Minn. Stat. § 518.17(1)(b)(4)
5 Minn. Stat. § 518.17(1)(c)
6 Minn. Stat. § 518.17(1)(b)(2)
7 Minn. Stat. § 257.025(b)
8 Minn. Stat. § 518.175(1)(c)