No tengo una orden de protección contra la persona agresora y no ha sido declarada culpable de un crimen. ¿Hay algo que pueda hacer?
En Nuevo Hampshire, hay una ley que dice que si usted puede demostrar que está en peligro actual e inmediato de sufrir maltrato (como, por ejemplo, llamando a la policía y que la policía determine que usted está en peligro), la corte puede dar una orden de protección de emergencia que permita que un/a oficial de la paz le quite las armas de fuego a la persona agresora.1
Es posible que esta orden también pueda permitir que el/la oficial de la paz pueda buscar cualquier arma de fuego que la persona agresora no haya entregado voluntariamente.1 Déjele saber a el/la oficial que la persona agresora tiene más armas de fuego en su casa que no ha entregado voluntariamente. La orden de protección de emergencia es válida hasta el final del próximo día laborable. Para que la orden pueda continuar, debe presentar una petición para una orden de protección.
Si ninguna de estas situaciones le aplica, todavía puede hacer un plan para su seguridad. Vea nuestra página de Planificación de seguridad para más información. También puede contactar un programa local de violencia doméstica para más ayuda. Es posible que quiera discutir con ellos/as si irse del área - ya sea por largo o corto tiempo - puede ayudar a mejorar su seguridad. Para encontrar un albergue o un/a intercesor/a en un programa local, puede visitar la página Intercesoras y albergues de Nuevo Hampshire en la pestaña de Lugares que ayudan en la parte superior de esta página.
Para más información sobre las leyes de armas de fuego en Nuevo Hampshire, puede ir al sitio web del Centro Legal Giffords.
1 N.H. Rev. Stat § 173-B:4