¿Qué tipos de manutención conyugal existen?
En el estado de Oregón existen tres tipos de manutención conyugal. Si el/la juez/a decide dar manutención conyugal en su caso, también debe decidir cuál es el tipo adecuado. Los tipos de manutención conyugal son:
- de transición;
- compensatoria; y
- de mantenimiento.1
Un/a juez/a puede dar manutención conyugal de transición para ayudarle a obtener la educación o adiestramiento que necesita para regresar al ambiente de trabajo o para crecer en el mercado de trabajo. Al decidir si dará manutención conyugal de transición, el/la juez/a considerará:
- la duración del matrimonio;
- su entrenamiento y destrezas de empleo;
- su experiencia de trabajo;
- las necesidades financieras y sus recursos y los de su esposo/a;
- el impacto que tendrá sobre los impuestos la concesión de manutención conyugal;
- las responsabilidades de custodia y manutención de menores que tiene usted y su esposo/a; y
- cualquier otro factor o factores que sean necesarios para tomar una decisión justa.2
Un/a juez/a puede ordenar manutención compensatoria cuando un/a esposo/a ha hecho una contribución financiera significativa, o de cualquier otro tipo, para la educación, el adiestramiento, las destrezas vocacionales, la carrera o la capacidad para obtener ingresos de el/la otro/a esposo/a. Al decidir si dará manutención conyugal compensatoria, el/la juez/a considerará:
- la cantidad, duración y tipo de contribución que usted le hizo a su esposo/a;
- la duración del matrimonio;
- cuánto dinero podrá ganar cada uno/a de ustedes en comparación el/la otro/a;
- cuánto ayudó su contribución a aumentar los bienes comunes durante el matrimonio;
- el impacto que tendrá sobre los impuestos la concesión de manutención conyugal; y
- cualquier otro factor o factores que sean necesarios para tomar una decisión justa.3
La manutención de mantenimiento se ordena para permitir que usted mantenga un nivel de vida similar al que tenía durante el matrimonio y generalmente solo se ordena en matrimonios de larga duración. Al decidir si dará mantenimiento conyugal, el/la juez/a considerará:
- la duración del matrimonio;
- su edad y la edad de su esposo/a;
- su salud y la salud de su esposo/a, incluyendo la condición física, mental y emocional;
- el nivel de vida durante el matrimonio;
- los ingresos y la habilidad para generar ingresos tanto suya como de su esposo/a;
- el adiestramiento y destrezas de empleo tanto suyas como de su esposo/a;
- su experiencia de trabajo y la experiencia de trabajo de su esposo/a;
- los recursos y necesidades financieras suyas y de su esposo/a;
- el impacto que tendrá sobre los impuestos la concesión de manutención conyugal;
- las responsabilidades de custodia y manutención de menores que tiene usted y su esposo/a; y
- cualquier otro factor o factores que sean necesarios para tomar una decisión justa.4
1 O.R.S. § 107.105(1)(d)
2 O.R.S. § 107.105(1)(d)(A)
3 O.R.S. § 107.105(1)(d)(B)
4 O.R.S. § 107.105(1)(d)(C)