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Custodia

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Leyes actualizadas al 8 de julio de 2024

¿Puedo usar el expediente médico de mi hijo como evidencia en un caso de custodia?

Si usted quiere que el/la juez/a considere la condición de salud, el diagnóstico o tratamiento médico de su hijo/a en el caso de custodia o visitación, puede presentar un informe o una declaración de un/a proveedor/a de cuidado de la salud que haya estado a cargo de su tratamiento. Esto puede presentarlo en la corte de distrito de relaciones domésticas donde se está viendo su caso.1 Al menos 30 días antes del juicio, deberá entregarle a el/la otro/a padre/madre y a el/la tutor/a ad litem copia de estas declaraciones o informes junto con una notificación escrita dejándole saber que piensa usarlos como evidencia en la corte. Para que la corte pueda aceptar esta evidencia, debe incluir una declaración jurada de:

  • la persona que está a cargo de manejar los expedientes de el/la doctor/a (el/la “custodio del expediente”) confirmando que el informe entregado es una copia fiel y exacta de la original; o
  • una declaración jurada de el/la doctor/a de su hijo/a confirmando que:
    1. el/la doctor/a atendió a su hijo/a;
    2. el informe es cierto, correcto e incluye una descripción completa tanto del tratamiento de su hijo/a como de cualquier conclusión a la que el/la doctor/a haya llegado; y
    3. cualquier factura incluida en el informe es cierta y correcta.2 

El/la otro/a padre/madre debe presentar una respuesta a esta evidencia al menos 15 días antes de la audiencia.3 De ser necesario que un/a médico/a o el/la custodio del expediente testifique en persona, la corte determinará si usted o el/la otro/a padre/madre tiene que pagar los costos de la comparecencia de esa persona. Si es apropiado, es posible que el/la juez/a divida los costos entre ustedes.2 

1 Va. Code § 16.1-245.2(A)
2 Va. Code § 16.1-245.2(A)(2)
3 Va. Code § 16.1-245.2(B)