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: Carolina del Sur

Manutención de menores

Leyes actualizadas al 5 de diciembre de 2024

¿Se puede cambiar una orden de manutención de menores?

Cualquiera de los padres puede presentar una petición para cambiar (modificar) la orden de manutención de menores si hay cambios importantes (materiales) o sustanciales en las circunstancias. Por ejemplo, esto puede pasar si hay un cambio en las necesidades de el/la menor o si el ingreso de cualquiera de los padres cambia. Si usted pide una revisión, tendrá que presentar pruebas para convencer a el/la juez/a de que las circunstancias cambiaron tanto que se debe modificar la orden de manutención. Si el/la juez/a está de acuerdo, considerará los mismos factores que se consideraron para establecer la orden original.1

El Departamento de Servicios Sociales de Carolina del Sur (DSS) puede cambiar la orden de manutención de menores si usted y el/la otro/a padre/madre están de acuerdo. Sin embargo, si uno de los padres no está de acuerdo con el cambio de la orden, el DSS puede presentar el caso ante un/a juez/a de la corte familiar.2 Si usted no está recibiendo los servicios del DSS, puede considerar esa opción o presentar su petición en la corte de familia. Puede ver los paquetes de modificación de manutención de menores en el sitio web de los Tribunales de Carolina del Sur.

1 Miller v. Miller, 299 S.C. 307, 384 S.E.2d 715 (1989)
2 Estableciendo o modificando una orden de manutención de menores, Departamento de Servicios Sociales de Carolina del Sur (2024)

Si el otro padre no cumple con los pagos de manutención, ¿qué puedo hacer?

Ambos padres tienen la obligación legal de mantener a su hijo/a. Si el/la padre/madre que no tiene la custodia no está haciendo los pagos de manutención que se ordenaron, usted puede solicitar que se hagan cumplir en el Departamento de Servicios Sociales de Carolina del Sur (DSS) o en la corte.

El/la juez/a o el DSS tienen distintas opciones para hacer cumplir la orden de manutención de menores, como:

  • descontándola del salario, desempleo, los beneficios de compensación laboral o los reembolsos de impuestos sobre ingresos de el/la padre/madre que no tiene la custodia; y
  • revocando la licencia ocupacional, profesional o de conducir de el/la padre/madre que no tiene la custodia.1

En algunos casos, se puede ordenar tiempo de cárcel por no cumplir con la orden de la corte.2

Nota: Si el/la otro/a padre/madre no está cumpliendo con la orden de manutención de menores, no espere demasiado para pedir que se haga cumplir. El Tribunal Supremo de Carolina del Sur ha establecido que no sería justo hacer cumplir una orden que no se ha pagado por largo tiempo cuando el/la padre/madre que tiene la custodia no ha sido diligente en solicitar el cumplimiento.3 En este caso específico, el/la padre/madre esperó más de 20 años para hacer cumplir la orden, pero es posible que otra corte pueda decidir de una forma parecida basado en esperar un periodo de tiempo más corto.

1 S.C. Code § 63-17-310; Preguntas Frecuentes, Departamento de Servicios Sociales de Carolina del Sur
2 S.C. Code § 63-5-20
3 Hallums v. Hallums, 296 S.C. 195, 371 S.E.2d 525 (1988)

¿Dónde puedo encontrar información adicional sobre la manutención de menores?

Si necesita más información sobre la manutención de menores, aquí tiene algunos recursos que pueden servirle de ayuda:

WomensLaw.org no se relaciona con los sitios web antes mencionados. Proveemos los enlaces para su información solamente.