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Leyes actualizadas al 8 de noviembre de 2024

¿Qué es un plan de crianza?

Un “plan de crianza” es un documento creado para establecer el papel que cada padre/madre tiene a la hora de tomar decisiones sobre la educación de su hijo/a, el cuidado de la salud y el bienestar físico, social y emocional. El plan debe:

  1. incluir una descripción de las personas que serán responsables de cualquier y de todo tipo de bienestar emocional, asuntos escolares y otras actividades;
  2. tener un horario del tiempo compartido para los padres y para el/la menor con información específica sobre el tiempo que el/la menor pasará con cada uno de los padres;
  3. describir los métodos y tecnologías que los padres usarán para comunicarse con el/la menor, tales como el correo electrónico, teléfono, etc.; 
  4. establecer quién será responsable de:
    • cualquiera y todas las formas de atención medica; Nota: Si el/la juez/a ordena responsabilidad parental compartida sobre las decisiones de atención médica, el plan de crianza debe incluir que cualquiera de los padres puede consentir para que el/la menor reciba tratamiento de salud mental;
    • los asuntos relacionados a la escuela, incluyendo cuál dirección debe usarse para determinar la inscripción escolar de el/la menor; y
    • otras actividades; y
  5. describir la ubicación donde el/la menor será intercambiado/a, a menos que ambos padres estén de acuerdo en escribir que no quieren incluir una ubicación específica. Nota: El/la juez/a podría requerir que los padres se intercambien a el/la menor en un programa de visitación supervisada o en el estacionamiento de la oficina de el/la alguacil (sheriff), que tiene cámaras de seguridad, lo que se conoce como una “ubicación segura de intercambio neutral”, si:
    • hay un riesgo o amenaza inmediata de que usted o su hijo/a sufran algún daño durante el intercambio; 
    • es necesario para asegurar su seguridad o la de el/la menor; y
    • está en el mejor interés de el/la menor.1

Al crear este plan, la relación de los padres, cualquier historial de violencia doméstica y otros factores relevantes deben ser tomados en consideración. El plan de crianza puede ser desarrollado y aprobado por los padres, para después ser aprobado por el/la juez/a. Sin embargo, el/la juez/a creará un plan de crianza si no está de acuerdo con el plan propuesto por los padres o, en caso de que los padres no puedan llegar a un acuerdo, el/la juez/a creará el plan de crianza después de escuchar pruebas y testimonios de ambos padres.2

1 F.S.A. §§ 61.13(2)(b); 125.01(8)
2 F.S.A. § 61.046(14)