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Información Legal: Misuri

Divorcio

Leyes actualizadas al 7 de noviembre de 2024

¿Puedo obtener manutención conyugal?

En Misuri, la manutención conyugal se llama “manutención”. La manutención es apoyo financiero que un/a esposo/a le paga a el/la otro/a. Si usted solicita manutención, el/la juez/a puede darla si:

  • usted no tiene suficiente dinero o bienes, incluyendo lo que pueda haber recibido en el caso de divorcio, para suplir sus necesidades razonables; y
  • usted no puede mantenerse mediante un empleo adecuado, o está cuidando de un/a menor cuya condición o circunstancia le impida trabajar fuera del hogar.1

Si usted pide manutención, el/la juez/a puede decidir cuánto apoyo financiero podrá recibir y por cuánto tiempo podrá recibirlo después de considerar los siguientes factores:

  1. la cantidad de dinero o bienes que usted tenga para suplir sus necesidades razonables, incluyendo lo que pueda haber recibido en el caso de divorcio y cualquier manutención de menores que esté recibiendo;
  2. la cantidad de tiempo que necesita para tener suficiente educación o adiestramiento para encontrar un trabajo;
  3. cuánto usted podría ganar en un trabajo en comparación con su esposo/a;
  4. el nivel de vida que tenían cuando estaban casados/as;
  5. las deudas, el dinero y los bienes (propiedades) suyas y de su esposo/a, incluyendo lo que cada uno/a haya recibido en el divorcio y lo que tengan individualmente;
  6. cuánto tiempo estuvieron casados/as;
  7. su edad y condición física y emocional;
  8. la habilidad de su esposo/a para suplir sus propias necesidades financieras mientras paga su manutención;
  9. el comportamiento de ambos/as mientras estuvieron casados/as; y
  10. cualquier otro factor relevante.2

El/la juez/a también decidirá si la orden de manutención puede cambiarse (modificarse) en el futuro. Si ha habido un “cambio sustancial y continuo de las circunstancias” que ocurrió antes de que expire la orden de manutención, un/a juez/a puede decidir cambiar su orden. Es posible que usted o su esposo/a pueda solicitar que el/la juez/a disminuya, aumente, extienda, termine o de otro modo cambie la orden de manutención.3

1 MO ST § 452.335(1)
2 MO ST § 452.335(2)
3 MO ST § 452.335(3)