¿Puedo obtener custodia temporal de emergencia?
Cuando se presenta una moción para una audiencia de emergencia sobre custodia en Oklahoma, usted debe incluir:
- un informe de la policía, del Departamento de Servicios Humanos o de otra fuente independiente que demuestre que:
- el/la menor está en un ambiente que pone en peligro su seguridad; y
- si tales condiciones continúan, es probable que el/la menor pueda sufrir daño irreversible; o
- una declaración jurada (afidávit) de una persona con conocimiento directo de que el/la menor está en un ambiente que pone en peligro su seguridad y que no dar la custodia de emergencia probablemente le causaría daño irreversible a el/la menor.1
Se supone que el/la juez/a celebre una audiencia dentro de 72 horas de usted haber presentado la moción. Si el/la juez/a no celebra la a audiencia en ese plazo de tiempo, usted puede llevar la moción delante de el/la juez/a que preside el distrito judicial, quien debe celebrar una audiencia de custodia de emergencia dentro de 24 horas.1
Es posible que quiera consultar con un/a abogado/a antes de solicitar la custodia de emergencia. Para encontrar uno/a en su área, visite la página Encontrando a un Abogado en Oklahoma.
1 43 O.S. § 107.4(A)