WomensLaw sirve y apoya a todas las personas sobrevivientes.
Información Legal: Puerto Rico
Leyes actualizadas al 25 de noviembre de 2024 Si existe una orden de custodia o visitación, ¿cómo puedo cambiarla?
Como la orden de custodia y visitación se hace en el mejor interés de el/la menor, usualmente la misma no es permanente. Si existe una orden de custodia o visitación, es posible que pueda pedirle a el/la juez/a que la enmiende.1 Para hacerlo, tendrá derecho a presentar una solicitud donde le explique a el/la juez/a sobre las razones para solicitar el cambio. Usualmente, el/la juez/a considerará si:
- enmendar la orden de custodia y/o la visitación es en el mejor interés y bienestar de el/la menor; y
- ha habido un cambio sustancial de las circunstancias desde que se emitió la orden.1
1 32 L.P.R.A. § 3188
© 2008–2024 WomensLaw.org es un proyecto de la Red Nacional para Eliminar la Violencia Doméstica, Inc. (NNEDV, por sus siglas en inglés). Todos los derechos reservados. Este sitio web ha sido financiado en parte por una subvención de la Oficina de Víctimas del Crimen, Oficina de Programas de Justicia, Departamento de Justicia de los E.U. Ni el Departamento de Justicia de los E.U. ni ninguno de sus componentes opera, controla, es responsable o necesariamente endosa este sitio web (incluyendo, sin limitarse a, su contenido, infraestructura técnica, políticas y cualquier otro servicio o herramientas provistas). NNEDV es una organización sin fines de lucro 501©(3) con el número de identificación patronal (EIN, por sus siglas en inglés) 52-1973408.