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Órdenes de Restricción

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Leyes actualizadas al 16 de agosto de 2024

¿Qué es una orden de protección contra el acoso malicioso, el acecho y el acoso telefónico (orden de protección contra el acecho y/o las amenazas)?

Una orden de protección contra el acoso malicioso, el acecho y el acoso telefónico es una orden civil de la corte que ofrece protección a las víctimas de acoso y acecho y a sus hijos/as. También se le llama “orden de protección contra el acecho y/o las amenazas”.

Las víctimas de acoso y acecho pueden solicitar este tipo de orden independientemente de su relación específica con la persona agresora.1 La petición para pedir una orden de protección contra el acoso debe presentarse dentro de 90 días desde que el acecho o el acoso haya ocurrido.2

1 I.C. § 18-7907(1), (2)
2 I.C. § 18-7907(4)