What reasons would someone be denied a permit to carry a concealed handgun?
Además de las razones que harían ilegal que una persona tenga un arma de fuego o porte un arma oculta, hay razones adicionales por las que una persona no calificaría para una licencia para portar una pistola oculta. En Luisiana, para calificar para una licencia de pistola oculta, la persona debe:
- ser residente del estado;
- tener 21 años o más;
- no padecer un trastorno mental o físico debido a alguna enfermedad, afección o discapacidad intelectual que impida el manejo seguro de una pistola;
- no haber sido ingresada, voluntaria ni involuntariamente, por abuso de drogas dentro de los pasados cinco años antes de la fecha en que se presentó la solicitud;
- no haber sido declarada culpable de, o haber hecho una declaración de culpabilidad o “nolo contedere” por, un delito menor de drogas dentro de los cinco años antes de la fecha en que se presentó la solicitud;
- no estar actualmente acusada bajo un interdicto o un acta de información por un delito menor de drogas;
- no tomar alcohol frecuentemente (“crónica y habitualmente”), a tal nivel que sus habilidades normales se afecten (deterioren);
- no haber sido ingresada, voluntaria ni involuntariamente, para recibir tratamiento como persona alcohólica dentro de los cinco años justo antes de la fecha en que se presentó la solicitud o en cualquier momento después;
- no haber sido declarada culpable de, o haber hecho una declaración de culpabilidad o “nolo contedere” por, un delito menor de un “crimen de violencia”, a menos que hayan pasado cinco años desde que se haya cumplido la sentencia u otras condiciones establecidas por la corte;
- no haber sido declarada culpable de, o haber hecho una declaración de culpabilidad o “nolo contedere”, o no estar bajo un interdicto actual o un acta de información por un “crimen de violencia” o cualquier delito grave;
- no ser fugitiva de la justicia;
- no ser usuaria ilegal de, o estar adicta a, marijuana, depresores, estimulantes o narcóticos;
- no haber sido declarada mentalmente deficiente por una corte;
- no haber sido ingresada en una institución mental;
- no ser inmigrante sin documentos;
- no haber sido dada de baja de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos “bajo condiciones que no son honorables”, “por mala conducta” o “deshonrosamente”;
- no tener un historial de comportamiento violento; Nota: Si dentro de los diez años inmediatamente antes de la fecha de la solicitud, hay evidencia de que cualquiera de las siguientes es cierta, se asumirá que la persona tiene un “historial de comportamiento violento”:
- la persona solicitante fue arrestada o acusada en tres o más ocasiones de cualquier “crimen de violencia”; o
- la persona solicitante fue arrestada o acusada en dos o más ocasiones de cualquier “crimen de violencia” que pueda ser castigado con la muerte;
- ser elegible para poseer o recibir un arma de fuego bajo la ley federal, incluyendo cuando hay una orden de protección contra la persona solicitante que cumple con ciertas condiciones; y
- que no le hayan denegado una licencia durante el año antes de la solicitud más reciente o revocado una licencia dentro de los cuatro años antes de la solicitud más reciente.1
1 LA R.S. 40:1379.3(C)