¿Cuáles son las definiciones legales de maltrato doméstico, agresión sexual, maltrato de un menor y maltrato de un adulto vulnerable en Maryland?
Esta sección define el maltrato doméstico para propósitos de conseguir una orden de protección contra la violencia doméstica (“DVPO”, por sus siglas en inglés).
- Maltrato doméstico – Esto pasa cuando alguien con quien usted tiene una relación específica le hace cualquiera de las siguientes cosas:
- le agrede (1er grado o 2do grado);
- le causa daño físico grave o hace que usted tenga miedo de sufrir daño físico grave inmediato;
- le viola o intenta violarle (1er grado o 2do grado);
- comete una ofensa sexual (3er grado o 4to grado);
- intenta cualquier ofensa sexual;
- le acecha, incluyendo el uso de un dispositivo de rastreo o comunicación electrónica según lo define la ley;
- le encarcela falsamente; o
- comparte imágenes íntimas de usted sin su permiso, lo que se conoce como pornografía de venganza.1
- Violación o agresión sexual – Esto es cuando cualquier persona, independientemente esté o no relacionada con usted, comete o intenta cometer violación en 1er grado o 2do grado o una ofensa sexual en 3er grado o 4to grado. La violación o agresión sexual debe haber ocurrido dentro de los seis meses antes de solicitar la DVPO.2
- Maltrato de un/a menor – Si la víctima es menor de edad, también puede conseguir una DVPO basada en maltrato de menores, que se define como:
- abuso sexual de un/a menor por cualquier persona;
- trata de un/a menor para trabajo forzoso por cualquier persona; o
- daño físico o mental de un/a menor, cuando parece que su salud o bienestar han sufrido o están en riesgo sustancial de sufrir daño por parte de:
- un/a padre/madre;
- un familiar o miembro del hogar;
- alguien que tenga el cuidado o la custodia temporal o permanente de el/la menor;
- alguien responsable de supervisar a el/la menor; o
- alguien con autoridad sobre el/la menor por su rol o trabajo.3
- Maltrato de una persona adulta vulnerable – Una persona adulta vulnerable es alguien que no puede cumplir con sus necesidades diarias por limitaciones físicas o mentales. Esta persona puede conseguir una orden si cualquier persona, relacionada o no, le hace daño físico mediante trato cruel o inhumano o un acto malicioso.4
1 MD Code, Fam. Law § 4-501(b)(1)
2 MD Code, Fam. Law § 4-501(m)(8)
3 MD Code, Fam. Law §§ 4-501(b)(2); 5-701(b)
4 MD Code, Fam. Law §§ 4-501(b)(3); 14-101(b), (q)