¿Quién puede presentar la petición?
Las siguientes personas pueden presentar una petición (demanda) para la orden de protección por usted:
- usted (la víctima adulta);
- su tutor/a legal; o
- un/a representante del departamento.1
1 19-A M.R.S. § 4005(1)
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Las siguientes personas pueden presentar una petición (demanda) para la orden de protección por usted:
1 19-A M.R.S. § 4005(1)
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