Carolina del Norte: Armas de Fuego
Armas de Fuego
Información básica y definiciones
¿Cuál es la diferencia entre leyes sobre armas de fuego federales y estatales? ¿Por qué necesito entender ambos?
En estas páginas sobre las leyes de armas de fuego, nos referimos a “leyes federales sobre armas de fuego” y a “leyes estatales sobre armas de fuego”. La diferencia principal entre las leyes de armas de fuego federales y las leyes estatales se refiere a quién hace la ley, quién procesa a los/as que la incumplen, y qué castigo se aplica a los incumplimientos.
Una razón por la que es importante que conozca que existen estas diferentes leyes es para que pueda entender todas las formas posibles en que un/a agresor/a puede estar incumpliendo la ley, y así poder protegerse mejor. A través esta sección nos referimos a las leyes estatales la mayoría del tiempo. Asegúrese también de leer las páginas sobre Leyes de Armas de Fuego Federales para averiguar si algunas de las leyes federales son relevantes a su situación. Hay que leer las leyes estatales y las leyes federales para ver cuáles, si algunas, han sido violadas por el/la agresor/a.
Si va a llamar a la policía porque entiende que el/la agresor/a ha violado una ley de armas, no necesariamente necesita decirle a la policía cuál ley se ha violado (si es estatal o federal) pero la policía local no puede arrestar a alguien por violar una ley federal, solo por violar las leyes estatales/locales. Solo la agencia del orden a nivel federal, la Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos (ATF, por sus siglas en inglés), puede arrestar a alguien por violentar éstas las leyes federales. Si la policía local entiende que se ha violado una ley federal, es posible que le notifiquen a la ATF o a la Fiscalía de los Estados Unidos en su estado (U.S. Attorney- que es la Fiscalía federal). Para información sobre cómo puede contactar directamente a ATF para reportar la violación de las leyes federales de armas de fuego, vaya a ¿A quién debo notificar si pienso que el agresor no debe poseer un arma? Si el/la agresor/a está violando la ley estatal y la federal, puede ser que lo/a acusen en ambos foros, el estatal y el federal.
¿Cuál es la definición de delito grave?
En estas páginas de armas de fuego, nos referiremos a las leyes que hacen ilegal que una persona que haya sido declarada culpable de un delito grave tenga un arma de fuego. En Carolina del Norte, un delito grave es cualquier crimen que pueda ser castigado con una sentencia en prisión de más de un año o con la pena de muerte.1 Sin embargo, no siempre se puede saber si una persona ha sido declarada culpable de un delito grave solo por la cantidad de tiempo que haya estado en la cárcel, ya que muchas sentencias son reducidas o rebajadas por tratos. Si no está seguro/a de que la persona agresora haya sido declarada culpable de un delito grave, es posible que quiera hablar con el/la fiscal que manejó ese caso criminal para averiguarlo o revisar los expedientes en la corte donde fue sentenciada.
Para más información sobre cómo se define delito grave bajo la ley federal, por favor visite nuestra página de Leyes federales de armas de fuego.
1 N.C. Gen. Stat. § 14-1
Soy una víctima de violencia doméstica y el agresor tiene un arma de fuego. ¿Tengo alguna opción legal para quitarle el arma al agresor?
La ley de Carolina del Norte dice que una persona no puede tener o comprar un arma de fuego si:
- está en probatoria y no tiene un permiso escrito del tribunal para poseer un arma de fuego;1
- ha sido declarada culpable de un delito grave;2
- ha sido declarada no culpable de un crimen por razón de demencia;
- Ha sido determinado que no tiene la capacidad mental para proceder en un caso criminal;3
- es usuaria de o adicta a drogas ilegales;
- un/a juez/a ha determinado que es mentalmente incompetente o ha sido internada en una institución mental;
- es inmigrante ilegal en los Estados Unidos o ha renunciado a su ciudadanía; o
- ha sido dada de baja de las fuerzas armadas bajo condiciones deshonrosas.4
Puede que sea ilegal que la persona agresora tenga un arma de fuego si cualquiera de estas condiciones le aplica. Además, si usted tiene una orden de protección contra la persona agresora, puede pedirle a un/a juez/a que le prohíba comprar o tener un arma de fuego como parte de una orden de protección (DVPO). Para más información vaya a Tengo una orden de protección contra la violencia doméstica (DVPO) en contra de la persona agresora. ¿Puede tener un arma de fuego o comprar una nueva?
Además, las leyes federales, que aplican a todos los estados, restringen el derecho de una persona agresora a tener un arma de fuego si tiene una orden de protección en su contra que cumple con ciertos requisitos. Para más información, vaya a Leyes federales de armas de fuego.
1 N.C. Gen. Stat. § 15A-1343(b)(5)
2 N.C. Gen. Stat. § 14-415.1(a)
3 N.C. Gen. Stat. § 14-415.3(a)
4 N.C. Gen. Stat. § 14-404(c)
Armas de fuego y DVPOs
Tengo una DVPO de emergencia ex parte contra la persona agresora. ¿Puede tener un arma de fuego?
En la audiencia ex parte, se supone que el/la juez/a pregunte si la persona agresora tiene armas de fuego, y debe ordenar que las entregue si entiende que la persona agresora:
- tiene un historial de usar o amenazar con usar un arma mortal contra usted o cualquier persona;
- ha amenazado con causarle daño grave o matarle a usted o su hijo/a;
- ha amenazado con suicidarse; o
- le ha causado daño grave a usted o su hijo/a.1
Si el/la juez/a no pregunta si la persona agresora tiene armas de fuego, por favor dígale esta información al juez de todos modos. Puede pedirle a el/la juez./a que ordene retirar las armas inmediatamente. Si el/la juez/a decide no incluir una restricción de armas de fuego en la orden ex parte, entonces es posible que usted tenga que esperar hasta que le den una DVPO final.
1 N.C. Gen. Stat. § 50B-3.1
Tengo una orden de protección contra la violencia doméstica (DVPO) en contra de la persona agresora. ¿Puede tener o comprar un arma de fuego?
Si un/a juez/a específicamente ordena en la DVPO que la persona agresora no puede tener o comprar un arma de fuego, entonces no puede tener ninguna y hacerlo podría ser una violación directa de la DVPO. Cuando esté en la corte pidiendo una orden de protección contra la violencia doméstica (DVPO) en contra de la persona agresora, puede pedirle a el/la juez/a que específicamente ordene que la persona agresora no pueda tener o comprar un arma de fuego.1
Según la ley de Carolina del Norte, el/la juez/a tiene que ordenar que las armas y munición sean confiscadas como parte de su DVPO entiende que la persona agresora ha hecho cualquiera de las siguientes cosas:
- tiene un historial de usar o amenazar con usar un arma de fuego;
- ha amenazado con causarle daño grave o matarle a usted o a su hijo/a;
- ha amenazado con suicidarse; o
- le ha causado daño grave a usted o a su hijo/a.
El/la juez/a también debe ordenar que la persona agresora le entregue las armas de fuego a la policía dentro de 24 horas de haber recibido la orden. La prohibición de armas es válida mientras la orden de protección esté vigente.2
Es posible que la ley antes descrita no le aplique a oficiales de la policía, militares y otros empleados gubernamentales que usen armas de fuego en sus deberes oficiales.4 Si la persona agresora es un/a policía, militar o alguien que usa un arma de fuego como parte de su trabajo, hable con algún programa local de violencia doméstica sobre sus opciones.
Nota: Además, la ley federal, que aplica a todos los estados, limitan el derecho de una persona agresora a tener un arma de fuego si usted tiene una orden de protección en su contra que cumple con ciertos requisitos, aún si el/la juez/a no incluye en la orden específicamente que la persona agresora no puede tener un arma de fuego. Para más información, vaya a Leyes federales de armas de fuego.
Si usted teme por su seguridad, hable con un programa local de violencia doméstica sobre la planificación de seguridad y otras opciones.
1 N.C. Gen. Stat. § 50B-3(a)(1)
2 N.C. Gen. Stat. § 50B-3.1(a)
3 N.C. Gen. Stat. § 50B-3.1(k)
¿Qué pasará con el arma de fuego de la persona agresora cuando expire mi DVPO?
Una vez expire su DVPO (incluyendo las extensiones/renovaciones), la persona agresora tendrá 90 días para pedirle a la corte que le devuelvan sus armas. La corte celebrará un audiencia en la cual usted tendrá la oportunidad de presentarse y contar su versión de la historia. Las armas no se le deben devolver a la persona agresora si:
- se le ha prohibido tener o poseer un arma de fuego bajo cualquier otra ley estatal o federal; o
- tiene cargos criminales pendientes en su contra por un delito que cometió contra usted. En ese caso, las armas de fuego no serán devueltas hasta que se decida el caso criminal y entonces se tomará la decisión.1
Para información de cómo renovar su DVPO antes de que expire, vaya a ¿Cómo puedo extender mi orden?
1 N.C. Gen. Stat. § 50B-3.1(f)
¿Hay algo que pueda hacer para que sea más probable que le confisquen el arma de fuego a la persona agresora cuando obtenga una DVPO?
Aquí tiene algunos pasos que puede seguir para enfatizarle a el/la juez/a que la restricción debe incluirse en la orden:
- Asegúrese de incluir en su denuncia si la persona agresora ha hecho cualquiera de las siguientes cosas:
- tiene un historial de haber usado o amenazado con usar un arma mortal;
- ha amenazado con hacerle daño grave o matarle a usted o a su hijo/a;
- ha amenazado con suicidarse; o
- le ha hecho daño grave a usted o a su hijo/a.1
- Si la persona agresora tiene armas de fuego, dígale a el/la juez/a cuántas son, dónde las guarda (si sabe) y le ha amenazado con el arma.
- Pídale a el/la juez/a que marque el encasillado en su DVPO donde dice que la persona agresora no puede poseer, comprar o tener un arma de fuego mientras la DVPO esté vigente.
- Antes de irse de la corte, asegúrese que la restricción de armas de fuego está incluida en su DVPO.
También podría servirle de ayuda si el/la juez/a explica lo que pasará con las armas de la persona agresora una vez usted salga de la corte, quién se las llevará y dónde se guardarán.
1 N.C. Gen. Stat. § 50B 3.1
Armas de fuego y condenas criminales
Si la persona agresora ha sido declarada culpable de un crimen, ¿puede tener o comprar un arma de fuego?
Si una persona ha sido declarada culpable de un delito grave, no puede tener o comprar un arma de fuego según las leyes estatales de Carolina del Norte. Tener un arma de fuego en violación de esta ley es un delito grave clase G.1
Además, las leyes federales, que aplican a todos los estados, también limitan el derecho de una persona a tener un arma de fuego si ha sido declarada culpable de ciertos delitos. Para más información, vaya a Leyes federales de armas de fuego.
1 N.C. Gen. Stat. § 14-415.1(a)
¿Cómo puedo saber si la persona agresora ha sido declarada culpable de un crimen?
Los expedientes de delitos menores o graves de violencia doméstica están disponibles para el público pero no siempre son fáciles de acceder. Si conoce la corte exacta donde la persona agresora pudo haber sido declarada culpable, puede ir a esa corte y pedirle a el/la secretario/a que le dé acceso a esos registros.
La ley federal prohíbe específicamente la posesión de un arma de fuego si la persona ha sido declarada culpable de cualquier delito grave o menor de violencia doméstica. Los expedientes criminales que harían a una persona no elegible para comprar un arma de fuego también se mantienen en el Sistema Nacional Instantáneo de Antecedentes Criminales (NICS, por sus siglas en inglés). Sin embargo, sólo los/as oficiales de la policía y los/as vendedores/as autorizados/as de armas de fuego, pueden buscar en el NICS. Es posible que el departamento de policía local esté dispuesto a buscar en el NICS si usted lo pide, pero no están obligados/as a hacerlo.
Para leer más sobre NICS, vea la pregunta ¿Qué pasará si la persona agresora intenta comprar un arma de fuego?
Se supone que la persona agresora no puede tener un arma de fuego...¿y ahora qué?
¿Qué pasará si una DVPO le quita a la persona agresora el derecho a tener un arma de fuego?
La persona agresora debe entregarle sus armas de fuego inmediatamente a el/la alguacil (sheriff). Si las armas no pueden ser entregadas en el momento que se le da notificación de la DVPO, la persona agresora tiene que entregarlas dentro de 24 horas de haber recibido la notificación. El/la sheriff guardará las armas y demás artículos, o contratará a un/a vendedor/a de armas de fuego con licencia para que lo haga. El/la sheriff puede cobrarle una tarifa razonable de almacenamiento a la persona agresora.1
No entregar todas las armas de fuego y municiones, o proveer información falsa de la ubicación de las armas de fuego es un dellito grave clase H.2
1 N.C. Gen. Stat. § 50B-3.1(d)
2 N.C. Gen. Stat. § 50B-3.1(j)
¿A quién le notifico si creo que la persona agresora no debe tener un arma de fuego?
Si usted cree que la persona agresora está violando las leyes estatales de armas de fuego, puede llamar a la policía local o al departamento de el/la alguacil o a la Policía Estatal. Si cree que la persona agresora está violando las leyes federales de armas de fuego, puede llamar al Departamento de Alcohol, Tabaco y Armas de Fuego (ATF por sus siglas en inglés).
Puede encontrar la información de contacto para los departamentos de los/as alguaciles (“sheriff”) en su área en nuestra página Comisarías de sheriff y notificación en Carolina del Norte.
Puede encontrar las oficinas locales del ATF en Carolina del Norte en el sitio de web de ATF. Para reportar cualquier actividad ilegal con armas de fuego, una persona también puede llamar al 1-800-ATF-GUNS (1-800-283-4867). Muchas oficinas del ATF tienen en su equipo intercesores/as de víctimas que se llaman “coordinadores/as de víctima/testigo”. Es posible que quiera pedir hablar con uno/a de estos/as intercesores/as si está teniendo dificultad para ponerse en contacto con un/a oficial del ATF, o para recibir una llamada de vuelta.
Una organización local de violencia doméstica en su área también puede contestar sus preguntas y ayudarle a hablar con los/as oficiales de la policía que sea necesario. Encontrará la información de contacto de organizaciones en su área en nuestra página de Intercesoras y albergues en Carolina del Norte.
Nota: Generalmente, la persona agresora no necesita tener conocimiento de la ley para ser arrestada por violarla. Si la persona agresora tiene o compra un arma de fuego en violación de la ley, puede ser arrestada, aunque no sepa que estaba violando la ley.1
1United States v. Lippman, 369 F. 3d 1039 (8th Cir. 2004); United States v. Henson, 55 F. Supp. 2d 528 (S.D. W.V. 1999)
¿Qué pasará si la persona agresora intenta comprar un arma de fuego?
Antes de comprar un arma de fuego de un/a vendedor/a licenciado/a, todos los/las compradores/as deben someterse a una verificación de antecedentes penales del Sistema Nacional de Verificación Instantánea de Antecedentes Penales (“National Instant Criminal Background Check System” o “NICS”, por sus siglas en inglés). El Sistema Nacional de Verificación Instantánea de Antecedentes Penales es utilizado por los/as licenciatarios/as federales de armas de fuego (“FFLs”, por sus siglas en inglés) para determinar de forma instantánea si alguien es elegible para recibir explosivos o armas de fuego.1 Si la persona agresora tiene una orden de protección válida en su contra o, si ha sido declarada culpable de un delito grave o un delito menor de violencia doméstica en cualquier estado, esos registros deben estar en el NICS, lo cual debería imposibilitarle a la persona agresora comprar un arma de fuego. No todos los estados tienen un sistema automatizado de registro, lo que dificulta el proceso de verificación de antecedentes penales y algunos criminales y personas agresoras logran burlar el sistema.También es importante saber que no se necesita una verificación de antecedentes penales para ventas privadas y a por Internet de armas de fuego. En ese tipo de situación, la persona vendedora no estará buscando en el NICS.
Si la persona agresora pudo comprar un arma de fuego y usted entiende que no debe tener una legalmente, puede avisarle a la policía y pedir que le quiten el arma y tal vez le investigarán. Generalmente, no es buena idea asumir que porque la persona agresora pudo comprar un arma de fuego, es legal que tenga una.
1 sitio web del Servicio Nacional de Referidos de Justicia Criminal
¿Cuál es la pena por violar las leyes estatales de armas de fuego?
Cualquier persona que tenga tenga o compre un arma en violación a una DVPO que incluya una cláusula que específicamente diga que no puede tener un arma de fuego, puede ser culpable de un delito grave clase H.1 Si una persona ha sido declarada culpable de un delito grave, no puede tener o comprar un arma de fuego según las leyes de Carolina del Norte. Tener un arma de fuego en violación a esta ley es un crimen grave clase G.2
Para más información sobre la pena por violar las leyes federales de armas de fuego, vaya a nuestra página Leyes federales de armas de fuego.
1 N.C. Gen. Stat. § 50B-3.1(j)
2 N.C. Gen. Stat. § 14-415.1(a)
Más información y lugares que ayudan
No tengo una orden de protección contra la persona agresora y no ha sido declarada culpable de un crimen. ¿Puede tener o comprar un arma de fuego?
Puede haber otras razones (aparte de las condenas criminales y ser la parte demandada en una orden de protección) que hagan ilegal que alguien tenga un arma de fuego. Bajo la ley de Carolina del Norte, una persona tiene que solicitar un permiso antes de poseer un arma de fuego legalmente. Según la ley, es ilegal que posea un arma de fuego y se le debe negar el permiso a cualquier persona que:
- haya sido declarada inocente de un crimen por razón de demencia;
- se haya determinado que no tiene la capacidad mental para continuar en un caso criminal;1
- sea adicta o usuaria de drogas;
- haya sido declarada mentalmente incompetente por un/a juez/a o ingresada a una institución mental;
- sea inmigrante ilegal en los Estados Unidos o alguien que haya renunciado a su ciudadanía de los EE. UU.; o
- haya sido dada de baja de las fuerzas armadas bajo condiciones deshonrosas.2
Aunque ninguna de estas situaciones le apliquen, todavía puede hacer un plan de seguridad. Para más información, vea nuestra página Planificación de seguridad. También puede comunicarse con un programa local de violencia doméstica para recibir ayuda adicional.
Para más información sobre las leyes de armas de fuego en Carolina del Norte, puede visitar el sitio web del Centro Legal Giffords.
Además, las leyes federales, que aplican en todos los estados, prohíben que la persona agresora tenga un arma de fuego bajo otras circunstancias. Para obtener más información, vaya a nuestra página Leyes federales de armas de fuego.
1 N.C. Gen. Stat. § 14-415.3(a)
2 N.C. Gen. Stat. § 14-404(c)
Si la persona agresora es un oficial de la policía o el gobierno, ¿le aplican las leyes estatales de armas de fuego?
Si la persona agresora no ha sido declarada culpable de un crimen y usted tiene una orden de protección contra la violencia doméstica (DVPO) en su contra, es posible que aún tenga derecho a usar el arma de fuego para el trabajo, pero no para uso personal.1 Durante la audiencia para la DVPO, puede pedirle a el/la juez/a que la persona agresora no pueda tener un arma de fuego en el trabajo. Si el/la juez/a decide hacerlo, la persona agresora no podrá usar el arma en el trabajo ni de manera personal. Para ver una copia de la DVPO, visite nuestra página Formularios judiciales.
Si está confundida/o o no está segura/o si la persona agresora puede usar su arma de fuego para el trabajo, puede hablar con un/a intercesor/a de violencia doméstica en su área o llamar al Centro Nacional de Entera Fe y Crédito para obtener mas información.
1 N.C. Gen. Stat. § 50B-3.1(k)
He leído toda esta información pero aún sigo confundida. ¿Qué puedo hacer?
Tratar de entender las leyes federales y estatales puede ser confuso, pero hay personas que pueden ayudarle a entender mejor la ley y sus derechos bajo la ley. Puede:
- escribir a nuestra Línea Informativa;
- contactar un programa local de violencia doméstica en su área;
- contactar el Centro Nacional de Entera Fe y Crédito para obtener información sobre las leyes federales de armas de fuego y cómo aplican en su caso particular.