¿Puedo mantener confidencial mi información personal?
Si usted o su familiar o miembro del hogar solicita que se mantenga su información confidencial, el/la juez/a puede ordenar que se eliminen la dirección y el número de teléfono de los siguientes lugares de la orden de protección:
- su hogar o el de cualquier persona protegida por la orden (Nota: La orden no mencionará ni el condado donde está la casa);
- su lugar de trabajo o el lugar de trabajo de cualquier persona protegida por la orden; y
- la guardería o escuela de cualquier menor protegido por la orden.*
El/la juez/a también puede exigirle a el/la secretario/a de la corte que:
- elimine de los expedientes públicos de la corte la dirección y el número de teléfono de los tres lugares mencionados anteriormente, y que mantenga un expediente confidencial de ellos para uso por parte de la corte únicamente;
- elimine su dirección postal y condado de residencia de los expedientes públicos de la corte si son diferentes a la dirección residencial; se mantendrá un expediente confidencial de su dirección postal únicamente para uso de la corte y que no se les muestren a la persona demandada. (Nota: Si usted elige mantener confidencial su dirección postal, deberá incluir la dirección postal de otra persona, como un familiar o amigo/a, que se le pueda proveer a el/la demandado/a con el fin de recibir la correspondencia asociada con el caso).**
Por lo tanto, si no desea que la persona agresora conozca este tipo de información personal, asegúrese de comunicárselo a el/la secretario/a de la corte al momento de presentar su petición y/o marque la casilla para mantener confidencial las direcciones y números de teléfono de residencias, lugares de trabajo, escuelas y guarderías.
* Tex. Fam. Code § 85.007(a)
** Tex. Fam. Code §§ 82.011; 85.007(b)