¿Puede obtener visitación un padre que cometió violencia familiar o maltrato doméstico?
Si el/la otro/a padre/madre fue maltratante con usted, sus hijos/as u otro miembro del hogar, es posible que el/la padre/madre maltratante solo pueda tener visitación supervisada. Específicamente, un/a padre/madre maltratante solo sería elegible para visitación supervisada en cualquier situación en la que el/la padre/madre:
- tenga un “historial de violencia familiar”, según definido en la ley, contra cualquier miembro del hogar;
- haya sometido a cualquiera de sus hijos/as o hijastros/as a violencia familiar, según definido en la ley; o
- pudo evitar que otra persona cometiera violencia familiar o maltrato doméstico contra sus hijos/as o hijastros/as pero “voluntariamente permitió” que pasara.1
Sin embargo, el/la padre/madre no puede tener visitación supervisada hasta que pruebe en una audiencia judicial que ha completado exitosamente un programa de intervención de maltrato doméstico supervisado por la corte desde el último incidente de violencia doméstica o maltrato familiar. En la audiencia, el/la juez/a también considerará lo siguiente al decidir si dar o no visitación supervisada:
- evidencia del estado de salud mental actual de el/la padre/madre maltratante;
- la posibilidad de que el/la padre/madre maltratante vuelva a exponer a sus hijos/as, hijastros/as o demás miembros del hogar a violencia familiar o maltrato doméstico;
- la posibilidad de que el/la padre/madre maltratante “voluntariamente permita” tal maltrato hacia cualquiera de sus hijos/as o hijastros/as a pesar de poder evitarlo;
- si el/la padre/madre maltratante probó que la visitación:
- estaría en el mejor interés de el/la menor; y
- no le causaría daño físico, emocional o psicológico a el/la menor.1