¿Se puede renovar una orden de protección por riesgo extremo?
Una orden de protección por riesgo extremo se puede renovar una o más veces, pero por un año adicional a la vez. Usted puede presentar una moción para renovar, o el/la juez/a puede decidir renovar la orden por su cuenta. El/la juez/a dará la extensión si entiende que:
- es probable que la parte demandada se haga daño a sí misma o a otra persona en un futuro cercano si tiene un arma de fuego; y
- la parte demandada ha hecho amenazas significativas o ha tomado acciones específicas que apoyen la creencia de que es probable que ocurra algún daño.1
Además, si la parte demandada es arrestada por violar la ERPO y la declaran culpable, el/la juez/a la extenderá automáticamente por un año más.2
1 MCL § 691.1817
2 MCL § 691.1819(2)