¿Qué pasa si no registro mi orden de protección? ¿Será más difícil hacerla cumplir?
Según las leyes federales y estatales, usted no tiene que registrar su orden de restricción para que se haga cumplir en Rhode Island. Sin embargo, si no añade su orden al registro nacional o estatal de órdenes de restricción, puede ser más difícil para la policía verificar si su orden es válida. Así que, hacer cumplir su orden podría tardar más. Sin embargo, si usted tiene una orden certificada de su orden de restricción cuando la policía llegue, o si está registrada en el Registro del Centro Nacional de Información Criminal (NCIC, por sus siglas en inglés), es posible que no importe si su orden está registrada en Rhode Island o no.
Si no está seguro/a de si registrar su orden es la decisión correcta para usted, es posible que quiera hablar con un/a intercesor/a de violencia doméstica. Un/a intercesor/a puede ayudarle a decidir qué es lo más seguro para usted. Puede encontrar intercesores/as de violencia doméstica en Rhode Island en nuestra página Intercesoras y albergues.