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Información Legal: Puerto Rico

Órdenes de Restricción

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Leyes actualizadas al 25 de noviembre de 2024

No me dieron una orden de protección, ¿Cuáles son mis opciones?

Si no le dieron una orden de protección, hay otras opciones que puede considerar. Una opción es ir a la corte municipal a:

  • establecer la custodia temporal y manutención de menores;
  • pedir posesión y uso temporal de la casa que comparten; y
  • pedirle a el/la juez/a que ordene que le devuelvan sus bienes o posesiones.1 

También puede contactar a una organización de violencia doméstica en su área para recibir ayuda, apoyo y consejo legal. Allí  pueden ayudarle a desarrollar un plan de seguridad y brindarle la información que busca. Para información e ideas para su seguridad, visite nuestra página Planificación de seguridad. Puede encontrar la información de contacto de las  organizaciones de violencia doméstica en Intercesoras y albergues en Puerto Rico.

Es posible que pueda volver a solicitar una orden de protección si ocurren nuevos actos de violencia después que le hayan denegado la orden.

El/la juez/a deberá emitir una decisión por escrito donde explique la razón para denegar la orden.2 Si usted cree que el/la juez/a cometió un error, puede hablar con un/a abogado/a sobre la posibilidad de apelar. Generalmente, las apelaciones son complicadas y es muy probable que necesite la ayuda de un/a abogado/a. Para más información sobre las apelaciones, vaya a nuestra página Presentando una apelación.

1 32 L.P.R.A. § 2872
2 8 L.P.R.A. § 621