¿Qué pasa si la persona agresora viola la orden?
Si la persona agresora viola la orden, puede informarlo a la policía si es una opción segura para usted. También puede informarlo a la corte presentando una moción de desacato.
Violar una orden de protección contra la agresión sexual podría ser un delito menor. La persona agresora podría ser castigada con:
- una multa de hasta $1,000;
- hasta un año de cárcel; o
- ambas.1
1 R.I. Gen. Laws § 11-37.2-2(e)
¿Puedo cambiar o extender mi orden?
Cambiar su orden
Después que se haya dado una orden, usted o la persona agresora puede presentar una moción para pedirle a el/la juez/a que cambie (modifique) la orden en cualquier momento.1
Extender su orden
El/la juez/a puede extender su orden más de una vez si es necesario para su protección. Usted puede presentar una moción para pedir que extiendan la orden antes de que expire.1
1 R.I. Gen. Laws § 11-37.2-2(d)
¿Hay algo que pueda hacer si la persona agresora sigue presentando casos judiciales en mi contra?
A menudo las personas agresoras usan los procesos judiciales para continuar con el maltrato. Esto se llama “abuso del litigio”. Un ejemplo de esto es si la persona agresora sigue presentando casos judiciales sin bases legales en su contra simplemente para acosarle o estar cerca de usted. Si usted tiene una orden de protección contra una persona y esa persona le está haciendo esto, usted puede pedirle a el/la juez/a que dé una orden para que pare de hacerlo.1 Vea nuestra sección de Abuso del litigio para más información sobre cómo hacer esto.
1 Vea R.I. Gen. Laws § 8-8.4-2(a),(b)