Tengo una DVPO de emergencia ex parte contra la persona agresora. ¿Puede tener un arma de fuego?
En la audiencia ex parte, se supone que el/la juez/a pregunte si la persona agresora tiene armas de fuego, y debe ordenar que las entregue si entiende que la persona agresora:
- tiene un historial de usar o amenazar con usar un arma mortal contra usted o cualquier persona;
- ha amenazado con causarle daño grave o matarle a usted o su hijo/a;
- ha amenazado con suicidarse; o
- le ha causado daño grave a usted o su hijo/a.1
Si el/la juez/a no pregunta si la persona agresora tiene armas de fuego, por favor dígale esta información al juez de todos modos. Puede pedirle a el/la juez./a que ordene retirar las armas inmediatamente. Si el/la juez/a decide no incluir una restricción de armas de fuego en la orden ex parte, entonces es posible que usted tenga que esperar hasta que le den una DVPO final.
1 N.C. Gen. Stat. § 50B-3.1