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Leyes actualizadas al 10 de diciembre de 2024

¿Cuándo se asigna un coordinador parental y cuál es su rol?

El/la juez/a puede asignar un/a coordinador/a parental en cualquier momento durante un caso de custodia de menores, incluyendo después que se dé una orden final o después que uno de los padres sea acusado/a de desacato por violar una orden de custodia, si:

  1. todas las partes están de acuerdo (dan su consentimiento);
  2. una de las partes presenta una moción para solicitar un/a coordinador/a parental y prueba los factores mencionados en la “nota” qua aparece abajo; o
  3. el/la juez/a decide por su cuenta que es necesario según los factores mencionados en la “nota” que aparece abajo.1

Nota: En las situaciones descritas en los números 2 o 3 arriba, el/la juez/a solo puede asignar un/a coordinador/a parental si todas las siguientes son ciertas:

  • asignar un/a coordinador/a parental sería en el mejor interés de cualquier menor en el caso;
  • las partes pueden pagar los costos de el/la coordinador/a; y
  • el/la juez/a decide que es un “caso con muchos conflictos”, lo que significa que hay un patrón continuo de cualquiera de las siguientes:
    • litigio excesivo;
    • ira y desconfianza;
    • maltrato verbal;
    • agresión física o amenazas de agresión física;
    • dificultad colaborando y comunicándose sobre el cuidado de los/as menores; u
    • otras condiciones que le den a entender a el/la juez/a que un/a coordinador/a parental es necesario/a.2

La orden para asignar un/a coordinador/a parental debe establecer los asuntos que ese/a coordinador/a debe trabajar con las partes y ayudarlas a decidir. Cualquier decisión que el/la coordinador/a tome debe ser respetada por los padres y se puede hacer cumplir en la corte de la misma manera que la orden de un/a juez/a, a menos que uno de los padres presente una moción para pedirle a el/la juez/a que la anule y el/la juez/a esté de acuerdo. Los asuntos que un/a coordinador/a parental puede trabajar incluyen, pero no están limitados a:

  • tiempo de transición, recogido o entrega;
  • distribución de vacaciones y días feriados;
  • método de recogido y entrega;
  • transportación hacia y desde la visitación;
  • si el/la menor estará en un cuido o servicio de niñera/o;
  • hora de acostarse;
  • alimentación;
  • ropa;
  • recreación;
  • actividades antes y después de la escuela;
  • actividades extracurriculares;
  • disciplina;
  • manejo del cuidado médico;
  • cambios de horario que no interfieran mucho con el acuerdo básico de tiempo compartido;
  • participación en la visitación, incluyendo parejas o familiares;
  • contacto telefónico;
  • cambios a la apariencia de el/la menor, incluyendo tatuajes o perforaciones;
  • pasaporte de el/la menor; y
  • educación.3

1 N.C. Gen. Stat. § 50-91(a)
2 N.C. Gen. Stat. §§ 50-91(b); 50-90(1)
3 N.C. Gen. Stat. §§ 50-91(c); 50-92(a), (b), (b1)