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Información Legal: Carolina del Norte

Custodia

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Leyes actualizadas al 10 de diciembre de 2024

Si me mudo a otro estado, ¿puedo transferir mi caso de custodia allá?

Si usted, su hijo/a, el/la otro/a padre/madre y cualquier persona que actúe como tal se han mudado a otro estado, es posible que pueda cambiar el estado donde se verá el caso de custodia. Si el/la juez/a determina que el/la menor, los padres o alguien que tenga las responsabilidades de un/a padre/madre ya no tiene suficiente contacto con el estado original, o si ya no viven en ese estado, el/la juez/a considerará cambiar el estado donde se está viendo el caso. Para más información sobre cómo modificar una orden en un nuevo estado, vea Cómo cambiar una orden final de custodia.

Además, si usted es víctima de violencia doméstica, las leyes de Carolina del Norte permiten que el/la juez/a considere este factor al decidir si un estado particular ya no es el más adecuado para ver el caso.1 Deberá pedirle el/la juez/a que considere permitir que el caso se vea en otro estado. Esto puede ser complicado y, como en todos los asuntos que tienen que ver con custodia, puede ser buena idea hablar con un/a abogado/a. Para encontrar un/a abogado/a, gratis o con paga, vaya a nuestra página Encontrando a un abogado en Carolina del Norte.

1 N.C. Gen. Stat. § 50A-207(b)(1)