¿Qué es el Programa de Defensa Familiar?
El Programa de Intercesoría Familiar (Family Advocacy Program o FAP por sus siglas en inglés) es un programa del Departamento de Defensa (DoD por sus siglas en inglés) que trabaja con el maltrato doméstico, el maltrato de menores y la negligencia de menores. El FAP trabaja en coordinación con agencias militares y civiles clave para prevenir el maltrato, fomentar la identificación temprana y denuncia inmediata, promover la seguridad y el empoderamiento de las víctimas y proveer el tratamiento adecuado para los/as miembros del servicio militar y sus familias.
Para encontrar el FAP o el/la intercesora/a de víctimas de maltrato doméstico más cercano/a, puede buscar por código postal o instalación militar usando el Buscador de Intercesores de Víctimas de Maltrato del DoD.
¿Qué pasa después de que el FAP recibe una denuncia de maltrato?
Si usted es una víctima adulta que denuncia el maltrato al Programa de Intercesoría Familiar (FAP por sus siglas en inglés) y quiere que la denuncia sea restringida, el FAP no le notificará a la policía y los/as oficiales al mando, y generalmente no habrá una investigación oficial de la alegación. Sin embargo, sí hay excepciones en casos de riesgo grave de daño inmediato a usted o a otra persona.
Si una persona que no es la víctima, o su proveedor médico, denuncia el maltrato al FAP, se considera una denuncia sin restricciones, no confidencial. En este caso, los/as proveedores/as de servicios clínicos del FAP hablarán con la víctima y la persona agresora por separado sobre el incidente para determinar el riesgo de maltrato adicional, desarrollar un plan de seguridad y recomendar opciones de consejería o tratamiento, de ser adecuado. Un/a consejero/a del FAP también le informará a los/as oficiales al mando de la víctima o de la persona agresora y a la policía militar.
Luego, el FAP le presentará la información de la denuncia a un Comité de Determinación de Incidentes (IDC por sus siglas en inglés). El IDC está compuesto por un/a representante del comando superior a cargo de la instalación o guarnición, el/la oficial al mando de la víctima y de la persona agresora, representantes de la policía militar, representantes de el/la Juez/a Auditor/a y el FAP. Después de presentar los incidentes de maltrato doméstico, el IDC votará para determinar si los incidentes cumplen con la definición de maltrato del DoD. Además, durante un proceso aparte independiente del IDC o su resultado, un equipo de médicos del FAP y otras partes interesadas harán recomendaciones de tratamiento.
Nota: El IDC es un proceso administrativo, no un foro para determinar o recomendar cualquier acción disciplinaria o tratamiento, o para determinar culpabilidad. Tampoco es un proceso criminal. Es un proceso para determinar si un incidente de maltrato cumple con la definición de maltrato del DoD para que el DoD pueda entender la tasa de maltrato.1 También puede llevarse a cabo un proceso separado pero paralelo que involucre a la policía militar , el/la Juez/a Auditor/a y la Oficina del Abogado Especial de Juicio (Office of Special Trial Counsel) para investigar y procesar casos de maltrato doméstico que involucren actos de violencia, una amenaza de violencia o la violación de una orden de protección.
Para ver qué otros servicios puede ofrecer el FAP, vaya a Estoy sufriendo maltrato en mi relación. ¿Cómo obtengo ayuda en el sistema militar?
1 Vea el Manual 6400.01 del Departamento de Defensa, Volumen 3 (FAP: Comité de Reunión de Personal de Casos Clínicos y Determinación de Incidentes), con el cambio 1 incorporado, 16 de julio de 2021.
Si denuncio maltrato doméstico, ¿podría mi informe afectar el empleo de la persona agresora?
Cada situación es única y será manejada como tal. Sin embargo, cuando un/a miembro del servicio militar detiene la conducta maltratante, sigue las recomendaciones de tratamiento y trabaja para lograr relaciones más positivas, esos son factores positivos que deben ser considerados por el/la oficial al mando de el/la miembro del servicio militar. Con tratamiento, muchos/as miembros del servicio militar pueden hacer los cambios a largo plazo necesarios para evitar cualquier comportamiento maltratante futuro y continuar un servicio militar exitoso.
Los/as miembros del servicio que continúen con la conducta maltratante, no sigan los planes de tratamiento o le causen daños graves a un/a cónyuge, pareja o familiar pueden exponerse a una baja administrativa, proceso de corte marcial o cualquier otra acción de personal no favorable. Tales determinaciones son hechas por la Oficina del Abogado Especial de Juicio o la cadena de mando de el/la miembro del servicio militar junto al sistema de justicia militar.