¿Cuál es la definición legal de maltrato de personas mayores?
El “maltrato de personas mayores” se define como cualquiera de las siguientes cosas:
- daño físico;
- confinamiento irrazonable;
- castigo irrazonable;
- agresión;
- una ofensa sexual;
- explotación económica; o
- negligencia (descuido).1
“Negligencia” significa que una persona cuidadora ha impedido que la persona mayor tenga los cuidados necesarios básicos para mantener su vida o salud. Esto puede incluir privar a la persona mayor de:
- comida;
- refugio;
- ropa;
- supervisión;
- cuidados de salud física o mental; o
- otros cuidados necesarios.1
1 Iowa Code § 235F.1(5)(a)
¿Quién puede solicitar una orden de protección contra el maltrato de personas mayores?
Usted puede solicitar una orden de protección contra el maltrato de personas mayores si tiene al menos 60 años y no se puede proteger del maltrato por:
- una condición física o mental; o
- una circunstancia personal que aumente el riesgo de sufrir daños.1
Si una víctima de maltrato de personas mayores no puede presentar una petición por su cuenta, un/a “peticionario/a sustituto/a” puede presentar en su nombre. Un/a peticionario/a sustituto/a puede ser un/a:
- familiar o miembro del hogar;
- tutor/a;
- persona con la custodia;
- representante legal;
- tutor/a ad litem; o
- cualquier otra persona que esté interesada.2
1 Iowa Code §§ 235F.2(1); 235F.1(17)
2 Iowa Code § 235F.1(15)
¿Dónde puedo solicitar una orden de protección contra el maltrato de personas mayores?
Puede presentar la petición en la corte de distrito del condado donde vive la persona mayor o donde la persona agresora viva. No hay costo alguno por presentar la petición ni por que el/la alguacil haga la notificación.1
1 Iowa Code § 235F.2(1), (3)(a), (3)(b)
¿Qué tipos de órdenes de protección hay contra el maltrato de personas mayores? ¿Cuánto duran?
Cuando presente su petición, el/la juez/a puede dar una orden temporal, la cual puede durar hasta la audiencia judicial que se celebrará en un periodo de entre cinco a 15 días. Si presenta su petición en horario no laborable, el/la juez/a puede dar una orden de emergencia, la cual puede durar hasta 72 horas.1
Una orden de protección final puede durar por un máximo de un año, pero se puede extender las veces que sea necesario.
El/la juez/a puede extender la orden si, después de una audiencia, el/la juez/a entiende que la persona agresora continúa siendo:
- una amenaza para la seguridad de la persona mayor, las personas que viven con la persona o su familia inmediata; o
- un riesgo de explotación económica para la persona mayor.2
Para conocer las protecciones que un/a juez/a puede incluir en una orden de protección, puede leer el estatuto 235F.6 en nuestra página Estatutos seleccionados de Iowa.
1 Iowa Code §§ 235F.5(1), (2); 235F.7(1), (2)
2 Iowa Code § 235F.6(5)