¿Qué es el Centro de Registro Nacional de Información de Crímenes (NCIC)? ¿Quién tiene acceso?
El Centro de Registro Nacional de Información de Crímenes (National Crime Information Center Registry - NCIC por sus siglas en inglés) es una base de datos nacional usada por la policía en los Estados Unidos, Canadá y Puerto Rico. Es administrada por el FBI y oficiales de la policía local.
Es posible que el estado que dio su orden de protección haya inscrito su orden en el NCIC cuando se la dieron. Si no, su orden puede ser inscrita en el NCIC si usted la registra en Idaho. Todos/as los/as oficiales de la policía tienen acceso a la base de datos del NCIC, pero la información está encriptada para que personas ajenas no puedan tener acceso a ésta.1
1 Vea el sitio web del FBI
¿Cómo registro mi orden de protección en Iowa?
Si usted tiene una copia certificada de su orden de protección de otro estado, puede entregársela a el/la secretario/a de la corte de distrito local. Si no tiene una copia certificada, puede presentar una copia regular de su orden junto con un afidávit. Esto es una declaración jurada que dice que la orden está vigente según su mejor conocimiento. Una vez registre la orden, el/la secretario/a le dará una copia de la orden registrada.1
Si necesita ayuda registrando su orden de protección, puede contactar una organización local de violencia doméstica en Iowa. Puede encontrar la información de contacto de organizaciones en su área en nuestra página Intercesoras y albergues en Iowa.
1 Iowa Code § 236.19(2)
¿Tengo que registrar mi orden de protección en Iowa para que se haga cumplir?
Usted no tiene que registrar una orden de protección de otro estado para que se haga cumplir. Iowa hará cumplir su orden si:
- usted puede mostrarle una copia de su orden a el/la oficial de la policía; y
- el/la oficial entiende que la orden es real (válida).1
Sin embargo, registrar su orden en Iowa podría ayudar a que la policía pueda verificar más fácilmente que su orden es válida.
1 Iowa Code § 236.19(4)(a)
Si registro mi orden de protección, ¿se le notificará a la persona agresora?
La Ley Federal de Violencia Contra la Mujer (VAWA por sus siglas en inglés), que aplica en todos los estados y territorios de los EE. UU. aborda este asunto. VAWA dice que la corte no puede decirle a la persona agresora cuando usted registre o presente su orden de protección en otro estado a menos que usted específicamente pida que le notifiquen a la persona agresora.1 Sin embargo, es posible que quiera verificar que el/la secretario/a tenga conocimiento de esta ley antes de usted registrar su orden. Puede que quiera ser especialmente cuidadoso/a si su dirección es confidencial.
A pesar de esta ley, es posible que de alguna manera la persona agresora pueda averiguar dónde usted está viviendo. Siga pensando en su seguridad, aunque ya no viva en el mismo estado que la persona agresora. Nuestra página Planificación de seguridad tiene ideas para que pueda comenzar a hacerlo o continuar añadiendo a lo que ya está haciendo. Una organización de violencia doméstica puede ayudarle a preparar un plan de seguridad que funcione para usted. Para encontrar organizaciones en su área, vaya a Intercesoras y albergues en Iowa.
1 18 U.S.C. § 2265(d)
¿Qué pasa si no registro mi orden de protección? ¿Sera más difícil hacerla cumplir?
Según las leyes federales y estatales, usted no tiene que registrar su orden de protección para que se haga cumplir en Iowa. Sin embargo, si no se añade su orden al registro del estado, puede ser más difícil para la policía verificar si su orden es válida. Así que, hacer cumplir su orden podría tardar más.
Si no está seguro/a de si registrar su orden en Iowa es la decisión correcta para usted, es posible que quiera hablar con una persona intercesora de violencia doméstica. Una persona intercesora puede ayudarle a decidir qué es lo más seguro para usted. Puede encontrar personas intercesoras de violencia doméstica en Iowa en nuestra página Intercesoras y albergues en Iowa.
¿Hay algún costo por registrar mi orden de protección?
No hay costo alguno por registrar su orden de protección en Iowa.1
1 Iowa Code § 236.19(5)