¿Tengo que registrar mi orden de protección en Iowa para que se haga cumplir?
Usted no tiene que registrar una orden de protección de otro estado para que se haga cumplir. Iowa hará cumplir su orden si:
- usted puede mostrarle una copia de su orden a el/la oficial de la policía; y
- el/la oficial entiende que la orden es real (válida).1
Sin embargo, registrar su orden en Iowa podría ayudar a que la policía pueda verificar más fácilmente que su orden es válida.
1 Iowa Code § 236.19(4)(a)