¿Cuánto cuesta?
No hay costo alguno por solicitar una orden de protección o hacerle la notificación a la persona agresora. Sin embargo, si le dan una orden de protección permanente, el/la juez/a puede ordenar que la persona agresora (parte demandada) pague cualquier costo razonable de solicitud y notificación. Antes de hacer esto, el/la juez/a debe determinar que la persona agresora puede pagar los costos de la parte demandante.1
1 Iowa Code § 236.3(3)