¿Qué es el Centro de Registro Nacional de Información de Crímenes (National Crime Information Center Registry)? ¿Quién tiene acceso?
El Centro de Registro Nacional de Información de Crímenes (National Crime Information Center Registry) (NCIC) es una base de datos nacional utilizada por agencias del orden público en los Estados Unidos, Canadá, y Puerto Rico. Es administrada por el FBI y los oficiales de autoridad competente.
Antes de mudarse a Luisiana, el estado que le dio su orden de protección puede haber ingresado su orden en el NCIC. Si no es así, su orden será ingresada en el NCIC una vez que ésta haya sido registrada en Luisiana.
La mayoría de los oficiales que hacen cumplir la ley tienen acceso al NCIC, pero la información está encriptada para evitar el acceso de intrusos.
¿Cómo registro mi orden de protección en Luisiana?
En Luisiana, registrar su orden de protección se conoce como hacer la orden “ejecutoria”, que se puede hacer si usted presenta una petición solicitándolo y adjunta una copia de su orden. Se celebrará una audiencia en la que el/la juez/a pueda ordenar la creación de una Orden Uniforme de Prevención de Maltrato, la cual el/la secretario/a de la corte presentará y enviará al Registro de Órdenes de Protección de Luisiana.1
Si necesita ayuda registrando su orden de protección, puede contactar a una organización local de violencia doméstica en Luisiana para asistencia. Puede encontrar la información de contacto organizaciones en su área en nuestra página Intercesoras y albergues de Luisiana.
1 LA R.S. 13:4248
¿Tengo que registrar mi orden de protección en Luisiana para que se pueda hacer cumplir?
Bajo la ley federal, usted no tiene que registrar su orden de protección para que se pueda hacer cumplir.1 Aunque Luisiana le permite registrar su orden (hacerla “ejecutoria”) en una corte de Luisiana, no es requisito que lo haga para que se pueda hacer cumplir. Para más información, vea ¿Cómo registro mi orden de protección en Luisiana?
1 18 U.S.C. § 2265(d)(2)
¿Se le notificará al agresor si yo registro mi orden de protección?
Bajo la ley federal de Violencia en Contra de las Mujeres, o VAWA, en inglés (Violence Against Women Act), que se aplica a todos los estados de EE.UU. y sus territorios, el tribunal no está autorizado a notificarle a el/la agresor/a cuando una orden de protección ha sido registrada o presentada en un nuevo estado a menos que usted solicite específicamente que el/la agresor/a sea notificado/a.1 Sin embargo, si su dirección es confidencial puede que desee confirmar que el/la oficial de la corte está consciente de esta ley antes de registrar la orden.
Recuerde que puede haber una posibilidad de que el/la agresor/a podría de alguna manera saber a qué estado se ha mudado. Es importante seguir haciendo un plan de seguridad, incluso si ya no está en el estado donde el/la agresor/a vive. Tenemos algunas ideas para mantener su seguridad en nuestra página Planificación de Seguridad. También puede ponerse en contacto con una organización local de violencia doméstica para obtener ayuda para hacer un plan de seguridad personalizado para usted. Encontrará información de contacto de las organizaciones en su área en nuestra página Luisiana: Intercesoras y Albergues.
1 18 USC § 2265(d)
¿Qué pasa si no registro mi orden de protección? ¿Será más difícil hacerla cumplir?
Dado que ni las leyes federales ni las estatales requieren que usted registre su orden de protección, no debe ser más difícil hacer cumplir su orden, aunque decida no registrarla en Luisiana. Sin embargo, si su orden no está registrada, no será entrada en el Registro de Órdenes de Protección de Luisiana, lo que significa que es posible que un/a oficial de la policía de Luisiana tarde más en verificar si la orden está vigente.
Si no está seguro/a si registrar su orden de protección es la decisión correcta para usted, puede contactar a una organización local de violencia doméstica en su área. Allí un/a intercesor/a puede ayudarle a decidir cuál es el plan de acción más seguro para usted. Para ver una lista de organizaciones locales de violencia doméstica en Luisiana, vaya a nuestra página Luisiana: Intercesoras y Albergues.
¿Registrar mi orden de protección tiene algún costo?
No hay ningún costo por registrar su orden de protección en Luisiana.1
1 LA R.S. § 13:4245