Paso 2: Un juez revisará su petición y le puede otorgar una TRO.
Después que termine de presentar sus documentos, el/la secretario/a se los dará a el/la juez/a. Es posible que el/la juez/a quiera hacerle preguntas mientras revise su petición. El/la juez/a decidirá si darle o no la orden de restricción temporal (TRO, por sus siglas en inglés) y programará una fecha en la corte para la audiencia completa de la orden de protección. La corte puede darle una TRO durante una audiencia ex parte sin que el/la agresor/a esté presente si hay un “peligro inmediato y actual de maltrato”. El/la juez/a debe considerar cualquier historial o amenazas de maltrato, al determinar si hay o no un peligro inmediato y actual de maltrato. (No es requisito que el maltrato sea reciente, inmediato o actual.) 1 Le darán una copia de su petición, junto con los documentos, que incluye la hora y fecha de su audiencia para la orden de protección a largo plazo.
Antes que termine el próximo día laborable, el/la secretario/a entrará la orden en el Registro de Órdenes de Protección de Luisiana y le enviará una copia a el/la jefe/a de la policía de la parroquia donde usted vive.2
1 LA R.S. 46:2135(A)
2 LA R.S. 46:2135(H)