¿Qué pasa si la persona acosadora tiene un arma de fuego?
Cualquier persona que tenga una orden civil contra el acoso en su contra no puede tener, poseer o comprar un arma de fuego o munición legalmente.1 Si la persona acosadora tiene una arma de fuego, deberá entregarla a la policía o venderla a un/a comerciante autorizado/a de armas de fuego, dentro de 24 horas de haberse dado la orden.2 Si la persona se queda con el arma de fuego o munición podría ser culpable de una “ofensa pública”, lo cual pudiera ser castigado con encarcelamiento en una cárcel del condado o prisión estatal hasta por un año, una multa de hasta $1,000 o ambas cosas.3
1 Cal.C.C.P. § 527.6(u)(1) 2 Cal.C.C.P. § 527.6(u)(2) 3 Cal.C.C.P. § 527.6(u)(3); Código Penal de California § 29825(a)