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Información Legal: California

Órdenes de Restricción

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Leyes actualizadas al 1 de abril de 2025

¿Qué protecciones puedo conseguir en una orden de restricción para prevenir el maltrato de personas mayores o de adultos dependientes?

Una orden temporal ex parte o una orden otorgada después de una audiencia puede hacer cualquiera de las siguientes cosas:

  1. prohibir que la persona agresora le acose, intimide, agreda sexualmente, ataque, golpee, aceche, amenace, abuse o le llame por teléfono (incluyendo, pero no limitado a, las llamadas acosadoras);
  2. prohibir que la persona agresora destruya su propiedad personal o que le moleste;
  3. prohibir que la persona agresora le contacte directa o indirectamente, por correo o de cualquier otra manera;
  4. ordenar que la persona agresora se mantenga a cierta distancia de usted; y
  5. ordenar que la persona agresora se mude de la casa que comparte con usted si cumplen ciertas condiciones.1

Además, en una orden que se da después de una audiencia, el/la juez/a puede ordenar que la persona agresora participe en cursos obligatorios de consejería clínica o manejo del coraje ofrecidos por un/a consejero/a, psicólogo/a, psiquiatra, terapeuta, trabajador/a social clínico u otro/a profesional licenciado/a de salud mental o del comportamiento.2

Nota: Las protecciones de la 1 a la 4 también pueden proteger a familiares o miembros del hogar o a la persona que tenga la custodia si se demuestra que hay “justa causa” para incluirles.3

1 Cal Wel. & Inst. Code § 15657.03(b)(3),(d)
2 Cal Wel. & Inst. Code § 15657.03(z)(1)
3 ​Cal Wel. & Inst. Code § 15657.03(b)(3)(A)

¿Cuáles son los pasos para obtener una orden de restricción contra el maltrato de personas mayores o adultos dependientes?

Los pasos para obtener una orden de restricción contra el maltrato de personas mayores o adultos/as dependientes son parecidos a los pasos para obtener una orden de restricción contra la violencia doméstica.  Si tiene preguntas, llame a el/la secretario/a de la corte.  Puede encontrar la información de contacto de el/la secretario/a en la página Tribunales de California.

Puede encontrar los formularios para las órdenes de restricción contra el maltrato de personas mayores o adultos/as dependientes en el sitio web de los tribunales de California.

¿Cuánto cuesta?

No hay costo alguno por presentar una petición para una orden de restricción contra el maltrato de personas mayores o adultos/as dependientes, ni para modificar, volver a dar o hacer cumplir la orden más tarde. Tampoco tiene que pagar para que la policía haga la notificación que se haya dado en su caso.1

1 Cal Wel. & Inst. Code § 15657.03(q), (r)