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Información Legal: California

Órdenes de Restricción

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Leyes actualizadas al 1 de abril de 2025

¿Soy elegible para una orden civil contra el acoso? ¿Contra quién puedo solicitarla?

Usted puede presentar una orden civil contra el acoso en contra de cualquier persona que le haya acosado o acechado, según lo define la ley. No importa quien es la persona que le está acosando o acechando.1 Sin embargo, si la persona es una pareja íntima o un familiar o miembro de su hogar, es muy probable que quiera solicitar una orden de restricción contra la violencia doméstica, en vez de la orden civil contra el acoso. Vea Si califico para una orden civil contra el acoso y una orden de restricción contra la violencia doméstica, ¿cuál debo solicitar?

1 Vea Cal.C.C.P. § 527.6