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Información Legal: Luisiana

Órdenes de restricción

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Leyes actualizadas al 30 de octubre de 2024

¿Quién puede obtener una orden de protección?

En Luisiana, cualquier persona que tenga una de las siguientes relaciones con el/la agresor/a puede ser elegible para una orden de protección:

  • un familiar, que incluye:
    • un/a esposo/a o ex esposo/a;
    • un/a hijo/a, hijastro/a o hijo/a adoptivo/a;
    • nietos/as o biznietos/as (“descendientes”);
    • un/a padre/madre, padrastro/madrastra, padre/madre sustituto/a;
    • abuelos o bisabuelos (“ascendientes);
    • el/la otro/a padre/madre de el/la hijo/a de el/la agresor/a; y
    • el/la otro/a padre/madre sustituto/a de el/la hijo/a sustituto/a de el/la agresor/a;
  • un miembro del hogar, que incluye:
    • una persona que viva o haya vivido con el/la agresor/a en la misma casa y esté o haya estado en una relación sexual o íntima con el/la agresor/a;y
    • cualquier hijo/a que viva o haya vivido en la misma casa que el/la agresor/a; y
  • un/a novio/a, que se define como una persona que esté o haya estado involucrada en una relación sexual o íntima con el/la agresor/a, independientemente de que hayan vivido juntos/as.2

1 LA R. S. 46: 2132(4)
2 LA R. S. 46: 2151(B)

¿Puedo conseguir una orden de protección contra una pareja del mismo sexo?

En Luisiana, puede solicitar una orden de protección contra una pareja del mismo sexo actual o anterior siempre que la relación cumpla con los requisitos enumerados en ¿Quién puede obtener una orden de protección? Además, usted debe ser víctima de un acto de violencia doméstica, que se explica en ¿Cuál es la definición legal de violencia doméstica en Luisiana?

¿Puedo obtener una orden de protección si soy menor de edad?

Si es menor, de menos de 18 años, necesitará a que un/a padre/madre, adulto/a miembro del hogar o fiscal de distrito solicite la orden de protección por usted.1

Para la definición de miembro del hogar, vea ¿Quién puede obtener una orden de protección?

1 LA R.S. 46: 2133(D)

¿Hay costos para obtener una orden de protección? ¿Necesito abogado?

No hay ningún costo de presentación ni costos judiciales en este proceso.1 Para otras preguntas sobre la presentación, puede encontrar la información de contacto de los tribunales en nuestra página de Luisiana: Tribunales.

Aunque no necesita un/a abogado/a para solicitar una orden de protección, le puede ser ventajoso buscar asesoría legal, especialmente si la persona agresora tiene un/a abogado/a. Si usted no puede pagarle a un/a abogado/a, pero desea que uno/a le ayude con su caso, puede encontrar información de contacto de abogados/as en nuestra página Luisiana: Encontrando a un Abogado.

Si va a presentarse en la corte sin un/a abogado/a, nuestra sección Preparándose para la Corte – Por su Cuenta puede ser de ayuda.

1 LA R.S. 46:2134(F)