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Leyes actualizadas al 1 de abril de 2025

¿Puedo extender mi orden civil final contra el acoso por más de cinco años?

Usted puede solicitar una extensión para una orden civil contra el acoso sin necesidad de demostrar que haya ocurrido más acoso desde se dio la orden original. En cualquier momento dentro de los tres últimos meses de vigencia de su orden civil contra el acoso, usted puede solicitar una renovación por hasta cinco años adicionales. Para solicitar una renovación, debe presentar una petición nueva para una orden civil contra el acoso y es decisión de el/la juez/a si dar o no la extensión.1

1 Cal.C.C.P. § 527.6(j)(1)